Concepto Tributario 012369 - 1 de Marzo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43149804

Concepto Tributario 012369

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín44343

DIARIO OFICIAL 44.343 CONCEPTO TRIBUTARIO 012369 20/02/2001 53001- Bogotá, D. C. Doctor HECTOR A. PAEZ Apartado Aéreo 6876 Ciudad Referencia: Oficio número 001695 de 11 de enero de 2001. Tema: Dos por mil Recibido en este despacho el oficio mencionado, nos permitimos manifestarle que de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, este Despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales. Pregunta Solicita aclaración del Concepto 120067 de diciembre 12 de 2000, relacionado con el impuesto a las transacciones financieras. ¿Las entidades financieras pueden cargarles a sus clientes ahorradores el dos por mil, sobre la retención en la fuente que debe hacer a los intereses que reconoce a sus clientes? Respuesta En primer lugar, es preciso tener en cuenta que la competencia de la Oficina como se indica inicialmente radica en absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, sin que tenga injerencia respecto de la órbita que compete a la entidad de vigilancia y control de las entidades financieras. Ahora bien, respecto de las operaciones realizadas en el año 2000, la tarifa del tributo se mantuvo en el dos por mil, como también de manera general el hecho generador relativo a la disposición de recursos de cuentas corrientes o de ahorros, salvo excepciones señaladas en cada normatividad; en vigencia de la Ley 508 de 1999 (artículos 116 y 118) declarada inexequible por Sentencia C-557 de mayo de 2000, Decreto 955 2000 (artículos 98 y 99) también declarado inexequible por Sentencia C-1403 de octubre 19 del mismo año, así como la Ley 608 (artículo 17) del citado año. De esta manera, la disposición de recursos de cuentas corrientes o de ahorros...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR