Concepto Tributario 085801 - 13 de Septiembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43141303

Concepto Tributario 085801

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín44159

DIARIO OFICIAL 44159 CONCEPTO TRIBUTARIO 085801 07/09/2000 Concepto Tributario número 085801 de 2000. Bogotá, D. C., Doctora LUZ MARINA ROJAS MURCIA Administradora de Impuestos Nacionales Armenia, Quindío Ref.: Consulta número 81546 del 4 de septiembre de 2000. TEMA: Impuesto sobre la renta Impuesto sobre las ventas Retención en la fuente SUBTEMA: Venta con instalación de bienes Prestación de servicios. Mediante el escrito de cita en referencia solicita precisar por este Despacho, si en los contratos que como objeto tienen la elaboración e instalación de puertas, ventanas, cielos rasos, y pasamanos en edificios, cuando quien los elabora suministra en su integridad los materiales debe entenderse, para efectos fiscales relativos a la retención en la fuente del impuesto sobre la renta y del cálculo del impuesto sobre las ventas, que se trata de la prestación de servicios de confección de obra material bien inmueble (contratos de construcción), o se trata simplemente de venta de bienes con instalación. Inquiere igualmente, respecto del tratamiento en materia de retenciones a título de los impuestos referidos, cuando los contratos tengan como objeto la elaboración y armado de estructuras de edificios en acero, al igual que la elaboración y armado de estructuras metálicas para cubiertas y fachadas flotantes de edificios, cuando los materiales también son suministrados por quien las construye e instala. Lo anterior, en cuanto no encuentra claridad al respecto en los Conceptos números 077329, 85921, 036069, 066178 de 1998, 78380-96 y 061330 de 1999 que tratan el tema con relación al impuesto sobre las ventas. Dentro del marco de generalidad preceptuado en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 en concordancia con el literal b) del artículo 10 de la Resolución 5632 de 1999 modificada por el artículo 1° de la Resolución número 156 de 1999, emanadas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se emite el presente concepto y por tanto no puede entenderse referido a caso particular alguno. Problema jurídico Para efecto de la retención en la fuente en el impuesto sobre la renta así como para establecer la base del cálculo del impuesto sobre las ventas, los pagos o abonos en cuenta por la elaboración y venta con instalación de puertas, ventanas, pasamanos, estructuras de edificios en acero, estructuras metálicas para cubiertas y las fachadas flotantes en edificios, ¿debe entenderse que corresponden al concepto de prestación de servicios de...

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