Concepto Tributario 110964 - 11 de Enero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43169940

Concepto Tributario 110964

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín44673

DIARIO OFICIAL 44.673 CONCEPTO TRIBUTARIO 110964 27/12/2001 Bogotá, D. C. Señor. ORLANDO ARENAS SERRANO Calle 36 número 21-50 Bucaramanga-Santander. Referencia: Consulta radicada bajo el número 036202 de 22 de mayo de 2001. Tema: Retención en la fuente. Descriptores: Venta de Software. Fuentes formales: Artículos: 392 E.T., 1° Decreto 260 de 2001. De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, en concordancia con el artículo 1° de la Resolución 5467 de junio 15 de 2001, este Despacho es competente para absolver de manera general las consultas que se formulen. En este sentido se emite el presente concepto. Problema jurídico: ¿A qué tarifa de retención en la fuente se encuentra sometida la venta de programas de computador, si quien los enajena no es el autor? Tesis jurídica: La tarifa de retención en la venta de programas de computador por concepto de renta es la correspondiente a honorarios. Interpretación Solicita el consultante, aclaración del Concepto 55322 de 1999, mediante el cual este Despacho señaló que las sumas pagadas como contraprestación por la concesión del derecho de uso como ocurre con las licencias de software, corresponde a la prestación de un servicio calificado, razón por la cual, al trasladar la comercializadora ese derecho de uso a un tercero adquirente, se somete a la misma tarifa de retención para honorarios por no tratarse de una venta, toda vez que no se transfieren los derechos patrimoniales inherentes a la propiedad intelectual. Aduce el consultante que la venta no requiere ningún conocimiento especial y que el margen de utilidad es el que se les retiene, además de no ser poseedores de ningún derecho intelectual sino que tienen el simple carácter de distribuidores, por lo que la retención debería ser la concerniente a otros ingresos tributarios. Sobre el tema considera el Despacho: Ha sido reiterada la posición de esta Oficina en el sentido de considerar la comercialización de programas de computador como el aprovechamiento económico del soporte lógico al permitir el uso y goce a través de un contrato de licencia, sin transferencia de los derechos...

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