MINISTERIO DE TRANSPORTE Resolución número 003610 de 2010, por la cual se autoriza el cierre temporal en la vía concesionada Zipaquirá-Simijaca, para la realización de la Vuelta Cundinamarca, evento que se desarrollará desde las 08:00 horas hasta las 13:30 horas del día 16 de septiembre de 2010. - 7 de Septiembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 219785731

MINISTERIO DE TRANSPORTE Resolución número 003610 de 2010, por la cual se autoriza el cierre temporal en la vía concesionada Zipaquirá-Simijaca, para la realización de la Vuelta Cundinamarca, evento que se desarrollará desde las 08:00 horas hasta las 13:30 horas del día 16 de septiembre de 2010.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín47825

DE 2010 El Ministro de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por los articulos 52 de la Constitucion Politica, 2 literal c) de la Ley 105 de 1993, 100 de la Ley 769 de 2002 y 5 numerales 5.1 y 5.2 del Decreto 2053 de 2003, y CONSIDERANDO:

Que en desarrollo de lo dispuesto por el articulo 52 de la Constitucion Politica se reconoce el derecho de todas las personas a la recreacion, a la practica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre, actividades que deberan ser fomentadas por el Estado. Que conforme al articulo 2° de la Ley 336 de 1996 "La seguridad, especialmente la relacionada con la proteccion de los usuarios, constituye prioridad esencial en la actividad del Sector y del Sistema de Transporte". Que de conformidad con el articulo 7° de la Ley 769 de 2002 "Las autoridades de a transito velaran por la seguridad de las personas y las cosas en la via publica y privadas abiertas al publico. Sus funciones seran de caracter regulatorio y sancionatorio y sus acciones deben ser orientadas a la prevencion y la asistencia tecnica y humana a los usuarios de las vias...". Que el articulo 100 de la Ley 769 de 2002, establece que "Las competencias deportivas que se desarrollen en vias publicas, seran coordinadas por las federaciones o ligas respectivas, quienes deberan formular la solicitud de permiso correspondiente ante la autoridad de transito competente, con una antelacion no inferior a quince (15) dias a la realizacion del evento deportivo. Las autoridades de transito correspondientes adoptaran las medidas de circulacion, informacion y de seguridad que fueren indispensables para tales casos". Que las Resoluciones numeros 6397 de octubre 28 de 1997 y 0666 de abril 4 de 2000, reglamentan el cierre de vias a nivel nacional por eventos deportivos. Que el señor Jorge Ovidio Gonzalez Longas, Presidente de la Federacion Colombiana de Ciclismo, mediante escrito radicado bajo el numero 2010-321-050425-2 del 19 de agosto de 2010, solicito autorizacion para el cierre temporal de la via concesionada Zipaquira-Simijaca, para la realizacion de la Vuelta Cundinamarca, evento que se desarrollara desde las 08:00 horas hasta las 13:30 horas del dia 16 de septiembre de 2010. Que la Union Temporal Concesion Vial los Comuneros, concesionario del Instituto Nacional de Concesiones-INCO, segun radicado numero CVCG-1651-2010 de agosto 19 de 2010, emitio concepto favorable para el desarrollo de la actividad...

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