Conclusión general - - - La moda y la propiedad intelectual: una mirada desde la perspectiva de los diseños industriales en Colombia, Francia y la Unión Europea - Libros y Revistas - VLEX 950944264

Conclusión general

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conclusin general
Una mirada hacia el régimen colombiano actual. La industria de la moda co-
lombiana se dirige de manera progresiva hacia el camino de la innovación;
ello conduce a analizar su posición en la economía y en el régimen jurídico
colombiano con el fin de posicionarla como una industria idónea capaz de
competir en los mercados local e internacional. A nivel económico, la moda
es un sector clave, los cambios que surgen en el mercado y su deseo de
expansión hacia nuevos destinos conducen a replantear las estrategias que
deben adoptar los diferentes sujetos que participan en la moda colombiana.
Desde la perspectiva jurídica, los esfuerzos del diseñador merecen ser
protegidos. Al romper esquemas, la moda pretende imponer cambios ra-
dicales y su evolución desafía el régimen jurídico. La dificultad se orientó,
entonces, a determinar cuál de las herramientas que ofrece el legislador es
idónea para protegerla. En esa orientación, se identificó que la propiedad
intelectual y, particularmente, los diseños industriales son el instrumento
que mejor la protegen por cuanto se adecúa a su naturaleza cambiante.
El legislador fue consciente de que el diseñador de moda es creador y
designer. Elabora dibujos o modelos innovadores que en esencia son fun-
cionales. Con el producto final, pretende decir “algo más”, es decir, quiere
dotarlo de algo “novedoso” u “original” que le permita diferenciarse de los
demás diseños existentes. La función tradicional para la que se concebían las
prendas de vestir y los accesorios de moda, a saber, la de proteger al hombre
de las inclemencias del clima y del ambiente, ha sido revaluada. En efecto,
la moda pretende extenderse hacia nuevos horizontes con el fin de que sus
creaciones satisfagan una necesidad estética que a su turno tenga vocación
de servir o de funcionar de una mejor manera al propósito original para la
cual fue concebida.
A nivel jurídico, esta consideración evoca dificultades porque conduce a
analizar el objeto de protección, es decir, a observar si la definición que prevé
el régimen jurídico colombiano es lo suficientemente amplia para compren-
der estas creaciones, las cuales deben cumplir con los requisitos de forma y
de fondo para que puedan beneficiarse del amparo jurídico. Se constató que
la moda puede encuadrarse dentro del objeto de protección contemplado
en los regímenes andino y colombiano, toda vez que sus creaciones son
el resultado del trabajo intelectual que se manifiesta en texturas, colores,
conjuntos de líneas, dibujos en dos dimensiones o en tres dimensiones que

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