Conclusiones - Precedente judicial en el Contencioso Administrativo: estudio desde las fuentes del derecho - Libros y Revistas - VLEX 684145133

Conclusiones

AutorPaola Marcela Iregui Parra
Páginas121-127

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El estudio juicioso del material doctrinal, legal y jurisprudencial que se desarrolló durante la investigación permite advertir las siguientes conclusiones, haciendo la salvedad de que el tema investigado estará en constante evolución, ya que corresponde a la esencia misma del derecho, con su carácter dinámico para responder a las necesidades de la sociedad, dando siempre cabida a la reflexión y al debate.

• Es importante seguir estudiando el tema de la creación del derecho y la relación entre las diferentes fuentes, porque el cambio en una institución dentro del sistema formal modifica todo el ordenamiento jurídico, comprometiendo su concepción y funcionamiento. Por lo tanto, estudiar la materia permite solucionar problemas en la práctica del derecho, los cuales pueden llegar a comprometer la seguridad jurídica y la justicia, pilares fundamentales del Estado social de derecho.

• Frente al primer objetivo, se ha identificado la concepción clásica de las fuentes del derecho y los distintos roles que desempeñan la ley, la doctrina, la jurisprudencia y la costumbre dentro de la tradición jurídica romano-germánica y del common law. En este sentido, en las dos familias prevalece una misma concepción del derecho vinculada a la búsqueda de la justicia, y la única diferencia que se encuentra es que mientras unos atribuyen el máximo valor a la ley, los últimos apuntan al mismo objetivo mediante una técnica que valora sobre todo las decisiones judiciales. En este sentido, existe un análisis diferente de la norma jurídica desde una perspectiva legislativa y doctrinaria en la tradición romano germánica, y desde una visión jurisdiccional en los países del common law.

• Los cambios de las relaciones comerciales y sociales en los estados modernos han exigido una transformación en el derecho y, por supuesto, en sus fuentes formales. Esto se ha evidenciado en la relevancia que ha

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ganado la jurisprudencia en los países de tradición continental, donde precisamente se puede observar otra cercanía entre las tradiciones jurídicas estudiadas que vale la pena mencionar. A pesar de que en los ordenamientos de la familia romano-germánica el grado de fuerza vinculante atribuido a la jurisprudencia es menor que al precedente en el common law, nada impide pensar que actualmente existe el precedente, y su nueva posición dentro del sistema de fuentes y fuerza que tiene se la otorga la autoridad que lo expide, demandando su obligatorio cumplimiento para los jueces de rango inferior. Lo anterior permite concluir que la distinción tradicional, según la cual el common law es fundado sobre el precedente, mientras la familia romano-germánica se fundamenta en la ley escrita, no tiene hoy en día el valor que en principio tuvo en el pasado.
• Comprendiendo la visión global de las dos tradiciones jurídicas estudiadas, se desarrolló el segundo objetivo, analizando las normas y la jurisprudencia relacionadas con las fuentes del derecho colombiano. Allí se encontró que durante mucho tiempo el derecho colombiano, fiel seguidor de la tradición romano-germánica, circunscribió el derecho al derecho positivo y a los planteamientos de la escuela de la exégesis, que le daba un valor fundamental a la ley y a la voluntad del legislador, justificado, como lo indica Bobbio, en que “un sistema de fuentes organizado en la ley y a través de la codificación impedía la dispersión y el caos” (1993, p. 148). Sin embargo, durante los últimos años cierta parte de la doctrina colombiana discute la pertenencia...

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