ACUERDO NUMERO 046 DE 2008 , (diciembre 2) , por el cual se condonan créditos en el programa 'Andrés Bello' . - 2 de Diciembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47211879

ACUERDO NUMERO 046 DE 2008 , (diciembre 2) , por el cual se condonan créditos en el programa 'Andrés Bello' .

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior
Número de Boletín47193

La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las que lo confiere el artículo 4° del Acuerdo 07 del 12 de enero de 1995, por el cual se establecen las condiciones generales de acceso al Subsidio Especial y a la Línea de Crédito Educativo Condonable y el Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, por el cual reglamenta la Ley 1002 de 2005, en su artículo 9° numeral 1, CONSIDERANDO: Que la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005 transformó al Icetex , creado por el Decreto 2586 de 1950, en una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Na cional, cuyo objeto es el fomento social de la educación superior, priorizando la población de bajos recursos económicos y aquella con mérito académico en todos los estratos a través de mecanismos financieros que hagan posible el acceso y la permanencia de las personas a la educación superior, la canalización y administración de recursos, becas y otros apoyos de carácter nacional e internacional, con recursos propios o de terceros y cumplirá su ob jeto con criterios de cobertura, calidad y pertinencia educativa, en condiciones de equidad territorial.

Igualmente otorgará subsidios para el acceso y permanencia en la educación superior de los estudiantes de estratos 1, 2 y 3.

Que de conformidad con la reglamentación especial que expida el Gobierno Nacional, de acuerdo con el objeto de la entidad, la Superintendencia Financiera ejercerá la inspección, vigilancia y control sobre las operaciones financieras que realice el Icetex , sin perjuicio de lo previsto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero contenido en el Decreto-ley 663 de 1993.

Que el numeral 1 del artículo del Decreto 1050 de 2006 establece que es función de la Junta Directiva formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Icetex de sus funciones y operaciones autorizadas y todas aquellas inherentes a su naturaleza jurídica, acorde con lo dispuesto por la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, y los lineamientos y política del Gobierno Nacional en materia de crédito educativo.

Que el numeral 4 del artículo del Decreto 1050 de 2006 faculta a la Junta Directiva del Icetex para expedir, conforme a la ley y a los estatutos, los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y de las operaciones autorizadas al Icetex...

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