Confianza legítima y derecho de defensa en la celebración de preacuerdos con la Fiscalía - Núm. 26, Julio 2021 - Cuadernos de Derecho Penal - Libros y Revistas - VLEX 940623120

Confianza legítima y derecho de defensa en la celebración de preacuerdos con la Fiscalía

AutorProf. Ricardo Molina López/Sofía Carbonell Muñoz/Maria Kamila Jiménez Alturo/Valentina Lozada Valderrama/Juliana Manrique Posada/María Fernanda Pinzón Álvarez
CargoIntegrantes del curso Argumentación en el Proceso Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes
Páginas181-212
Confianza legítima y derecho de defensa en la
celebración de preacuerdos con la Fiscalía
Prof. Ricardo Molina López*
Sofía Carbonell Muñoz
Maria Kamila Jiménez Alturo
Valentina Lozada Valderrama
Juliana Manrique Posada
María Fernanda Pinzón Álvarez
Utrumque vitium est et omnibus credere et nulli
[Ambos casos son defectos: tanto conar en todos como no conar en
nadie]
Séneca, Ep. 3, 4
A A .V V.
Cuando el Fiscal General de la Nación en una actuación seguida contra
un aforado constitucional no acepta las negociaciones entre un delegado suyo
y un imputado que cumple con todas las exigencias impuestas por aquel, no
es viable decretar la nulidad de lo actuado bien sea a partir del momento en
el cual la Fiscalía declina el compromiso que había adquirido o bien desde
la audiencia de formulación de la imputación; en su lugar, se debe habilitar
un escenario previo al curso de la formulación de la acusación para que el
procesado pueda aceptar los cargos con base en los criterios señalados en el
literal I del artículo 8.º de la Ley 906 de 2004, a condición de que se trate
de una manifestación libre, consciente, voluntaria y debidamente informada
por la defensa, con la posibilidad de conceder la rebaja del inciso 1.º del
artículo 351 del mismo ordenamiento.
* Los autores son integrantes del curso Argumentación en el Proceso Penal de la Facultad
de Derecho de la Universid ad de los Andes, con la dirección del Prof. Dr. Molin a López.
Correo de contacto: r.molina1@uniandes.edu.co
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AA.VV.
ISSN: 2027-1743 / 2500-526x (en línea) julio-diciembre de 2021
I. AUTO
Corte Suprema de Just icia
Sala Especial de Pri mera Instancia
Blanca Nélida Barreto Ardila
Magistrada ponente1
AEP 00037-2021
Radicación N.º 00352
Aprobado Acta N.º 18
Bogotá D. C., trece (13) de abril de dos mil veintiuno (2021).
Resuelve la Sala la solicitud de nulidad invocada por el defensor del imputado J.
A. S. R., Mayor General Retirado del Ejército Nacional, acusado por la Fiscalía como
probable coautor del delito de interés indebido en la celebración de contr atos, en concurso
homogéneo, concurriendo con el de peculado por apropiación, agravado por ra zón de la
cuantía, pero atenuado ante el reintegro total de lo apropiado.
1. SI TUACIÓN FÁCT ICA
La Fiscal ía General de la Nación investiga la posible incursión en defraudaciones
en la contratación adelantada en la Cuarta Brigada del Batallón de Servicios Número 4
Yariguíes, que se aduce, coordinó el ex Mayor General J. A. S. R., quien desde el 29 de
diciembre de 2015 se desempeñó como Comandante de la Séptima Div isión del Ejército
Nacional, con sede en Medellín.
Según el escrito de acusación, en tal calidad J. A. S. R. se interesó e intervino para
que el Teniente Coronel H. F. P. R., Comandante del Batallón de Servicios Numero 4
Yariguíes le adjudica ra los contratos de cafete ría a S. F. G. B., representante de Distrilogística2,
1 La Sala estuvo conformada por la magistrada ponente y los magistrados A riel Augusto
Torres Rojas y Jorge Emil io Caldas Vera; este último, aclaró y salvó de for ma parcial su
voto.
2 Contrato 006 del 22 de abri l de 2016.
Contrato 028 del 19 de agosto de 2016
Contrato 030 del 24 de agosto de 2016.
Contrato 080 del 5 de abril de 2 0 17.
Contrato 141 del 20 de septiembre de 2017.
Contrato C01.PCCN TR.253270 del 11 de diciembre de 2017.
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y los de ingenier ía y construcción a Ingecodi S.A.S.3 –de la familia de la ingeniera V. G.–,
quienes fueron documentados previamente de los parámetros de la contratación con la
única na lidad de que ajustaran sus propuestas para ser beneciados, al propio tiempo, se
acomodaron los parámetros de los tér minos a la experiencia y pa rticularidades de las dos
rmas en comento.
Se indica que en contraprestación por la asignación de los contratos, el imputado
recibió retribuciones va lorables económicamente, tales como tiquetes aéreos para él y su
fami lia, pago de cuentas en rest aurantes y clubes sociales , patrocinio y boletos para eventos
culturales, pago del a lquiler de inmuebles, de combustible para los vehículos usados por
su familia, de facturas de servicios públicos, entre otros, benecios calculados en la suma
de ciento cincuenta y un millones trescientos noventa y siete m il seiscientos sesenta pesos
($151.397.660,00).
Además, se aduce que emitió órdenes de compra con la empresa Subatours S.A.S.,
para la adquisición de tiquetes aéreos para el persona l del Ejército, obteniendo de dicha
sociedad, treinta y seis tiquetes privados para él y su fami lia, por valor de dieciocho
millones seiscientos veintiún mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos ($18.621.469).
2. ANTECEDENTES PROCESALES
El 18 de agosto de 2020, a nte un Magistrad o de la Sala Penal del Tribunal Super ior del
Distrito Judicial de Bogotá, se cumplió la audiencia en la cual la Fiscalía le imputó a J. A.
S. R. la probable coautoría en los delitos de interés indebido en la celebración de contratos
en concurso homogéneo, concurriendo e1 de peculado por apropiación agravado por la
cuantía y atenuado ante el reinteg ro de lo apropiado. A solicitud del ente investigador,
desde el 27 de agosto de 2020 el imputado fue afectado con med ida de aseguramiento
privativa de la libertad, a ejecutar en su domicilio.
El 15 de diciembre de 202 0 fue presentado escrito de acu sación por los citados ilícitos ,
de conformid ad con los artículos 397 y 409 del Cód igo Penal, las circunstancias de menor
3 Contrato 364 BASPC 04-2016 del 28 de septiembre de 2016.
Contrato 368 BASPC 04-20 16 del 30 de septiembre de 2016.
Contrato 367 BASPC 04-20 16 del 30 de septiembre de 2016.
Contrato 045 del 21 de noviembre de 2010.
Contrato 053 del 2 de diciembre de 2016.
Contrato 060 del 22 de dieiembre de 2016.
Contrato 162 del 1 de noviembre de 2017.
Contrato 168 BASPC 04-20 16 del 10 de noviembre de 2017.

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