Acta número 00, por la cual se conforma la Comisión Conjunta para la Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográica del río Cáchira Norte - 14 de Agosto de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 524626862

Acta número 00, por la cual se conforma la Comisión Conjunta para la Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográica del río Cáchira Norte

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49243

La Directora de la Dirección de Gestión Integral del Recurso Hídrico del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Director General de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB), el Director General de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental (Corponor) y el Director General de la Corporación Autónoma Regional del Cesar (Corpocesar), en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 12 del artículo y el parágrafo 3º del artículo 33 de la Ley 99 de

1993; los artículos 212 y 215 parágrafo de la Ley 1450 de 2011, el artículo 18 numeral 7 del Decreto-ley 3570 de 2011, el artículo 44 del Decreto número 1640 del 2 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 12 del artículo de la Ley 99 de 1993 dispone que es función del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, "...fijar las pautas generales para el ordenamiento y manejo de cuencas hidrográficas";

Que el numeral 18 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 establece que es función de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, "Ordenary establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las disposiciones superiores y a las políticas nacionales";

Que de acuerdo con el parágrafo 3º del artículo 33 de la Ley 99 de 1993, en los casos en que dos o más Corporaciones Autónomas Regionales tengan jurisdicción sobre una cuenca hidrográfica común, constituirán de conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional, una comisión conjunta encargada de concertar, armonizar y definir políticas para el manejo ambiental correspondiente;

Que el artículo 212 de la Ley 1450 de 2011, "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014", señala que le corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en su condición de ente rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables del país y coordinador del Sistema Nacional Ambiental (SINA), integrar y presidir las Comisiones Conjuntas de que trata el parágrafo 3º del artículo 33 de la Ley 99 de 1993;

Que el Decreto-ley 3570 de 2011 "por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible", en el numeral 7 del artículo 18 estableció que es función del Director de Gestión Integral del Recurso Hídrico "Coordinar la participación delMinisterio en las comisiones conjuntas que presidirá";

Que así mismo, el parágrafo del artículo 215 de la Ley 1450 de 2011 dispone que en el marco de sus competencias, le corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, la formulación de los Planes de Ordenación y Manejo de las Cuencas Hidrográficas;

Que el artículo 18 del Decreto número 1640 del 2012, establece que el Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica es el "Instrumento a través del cual se realiza laplaneación del uso coordinado del suelo, de las aguas, de la flora y la fauna y el manejo de la cuenca entendido como la ejecución de obras y tratamientos, en la perspectiva de mantener el equilibrio entre el aprovechamiento social y económico de tales recursos y la conservación de la estructura fisicobiótica de la cuenca...

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