Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, 31° período de sesiones. Tema: Debate general punto 6, Examen Periódico Universal - Núm. 2016, Enero 2016 - Pronunciamientos de la Comisión Colombiana de Juristas - Libros y Revistas - VLEX 840663449

Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, 31° período de sesiones. Tema: Debate general punto 6, Examen Periódico Universal

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Declaración oral presentada por la Comisión Colombiana de Juristas
Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, 31° período de sesiones
Tema: Debate general punto 6, Examen Periódico Universal
Ginebra, 18 de marzo de 2016
Señor Presidente:
En 2013 diez países formularon recomendaciones a Colombia relacionadas con la reforma
al sistema de justicia penal militar
1
, que sugerían ajustarlo a estándares internacionales
para evitar la impunidad de graves violaciones a derechos humanos.
A pesar de lo anterior, en 2015 el Congreso, por iniciativa del Gobierno, reformó la
Constitución para que a los miembros de la fuerza pública únicamente se les aplicara el
derecho internacional humanitario en las investigaciones por delitos cometidos dentro del
conflicto armado
2
. Numerosas organizaciones de derechos humanos nacionales e
internacionales, incluidas las Naciones Unidas, advirtieron que ello podría dar a entender
que los delitos cometidos por militares en tales circunstancias no serían juzgados a la luz
de los derechos humanos, lo que arriesgaría el esclarecimiento de ejecuciones
extrajudiciales o desapariciones forzadas.
El pasado 24 de febrero la Corte Constitucional se pronunció sobre la reforma
3
. Encontró
la modificación a la justicia penal militar ajustada a la Constitución, pero aclaró que “la
explícita referencia al derecho internacional humanitario como marco normativo aplicable
en las investigaciones que se adelanten contra miembros de la fuerza pública por hechos
relacionados con el conflicto armado, no puede excluir la aplicación convergente y
complementaria del derecho internacional de los derechos humanos.
La Corte afirmó que, sustraer del imperio de los derechos humanos un determinado
segmento de la administración de justicia reformula un pilar fundamental del orden
constitucional como es el respeto universal, permanente e indisponible de los derechos
humanos.
Con este importante precedente se ajusta el marco normativo nacional a los estándares
internacionales y se evita contradecir lo recomendado durante el Examen Periódico
1
Las recomendaciones de Alemania, Australia, Corea y la Federación Rusa fueron rechazadas; Colombia
tomó nota de las de Italia y Portugal, y aceptó las de España, Francia, Suecia y Reino Unido.
2
Acto legislativo 01 de 2015.
3
Corte Constitucional, sentencia C-084 de 2016 del 24 de febrero de 2016.

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