De la profesión de Contador Publico - Capitulo I - Ley 43 de 1990 - Plan Único de Cuentas para comerciantes - PUC 2013 - Libros y Revistas - VLEX 456045546

De la profesión de Contador Publico

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas245-249
LEY 43 DE DICIEMBRE 13 DE 1990
Por el cual se adiciona la Ley 145 de 1960, reglamentaria de la profesión de Contador
Público y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Capitulo I
De la Profesión de Contador Público
Artículo 1. Del Contador Público. Se entiende por Contador Público la persona
natural que, mediante la inscripción que acredite su competencia profesional en los
términos de la presente Ley, está facultada para dar fe pública de hechos propios del
ámbito de su profesión, dictaminar sobre Estados Financieros, y realizar las demás
actividades relacionadas con la ciencia contable en general.
La relación de dependencia laboral inhabilita al Contador para dar fe pública sobre
actos que interesen a su empleador. Esta inhabilidad no se aplica a los revisores
fiscales, ni a los Contadores Públicos que presten sus servicios a sociedades que no
estén obligadas, por Ley o por estatutos, a tener Revisor Fiscal.
JURISPRUDENCIA:
EXPEDIENTE 4032 DE 8 DE MAYO DE 1997. CONSEJO DE ESTADO. SECCION
PRIMERA. C.P. DR. MANUEL S. URUTA AYOLA.
EXPEDIENTE 16465 DE 25 DE OCTUBRE DE 2002. CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA. M.P. DR. YESID RAMIREZ BASTIDAS.
Artículo 2. De las Actividades Relacionadas con la Ciencia Contable en
General. Para los efectos de esta Ley, se entienden por actividades relacionadas
con la ciencia contable en general todas aquellas que implican organización, revisión
y control de contabilidades, certificaciones y dictámenes sobre Estados Financieros,
certificaciones que se expidan con fundamento en los Libros de Contabilidad, Revisoría
Fiscal, prestación de servicios de auditoria, así como todas aquellas actividades
conexas con la naturaleza de la función profesional del Contador Público, tales como:
la asesoría tributaria, la asesoría gerencial, en aspectos contables y similares.

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