El contenido ambiental de los principios del Derecho Internacional de Aguas y el déficit preventivo en la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia - IV. Derecho internacional de las aguas - Tratado de derecho de aguas. Tomo II : perspectiva internacional del derecho de aguas para el siglo XX - Libros y Revistas - VLEX 950064055

El contenido ambiental de los principios del Derecho Internacional de Aguas y el déficit preventivo en la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia

AutorMauricio Pinto
Cargo del AutorDoctor en Derecho; profesor adjunto de Derecho y Legislación Ambiental de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Cuyo
Páginas315-348
mauricio pinto*
El contenido ambiental de los principios del Derecho
Internacional de Aguas y el déf‌icit preventivo en la
jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia
317317
sumario
Introducción. I. La evolución del Derecho de Aguas y los principios sobre
cursos de agua internacionales. II. Breve reseña de los principios del Derecho
Internacional de Aguas. A. Deber de cooperación. Información, consulta y
negociación. B. Principio del uso equitativo y razonable. C. Obligación de no
causar perjuicio sensible. D. La obligación de proteger y preservar los cursos
de agua. III. Aplicación jurisprudencial de los principios de prevención y pre-
caución ambiental como manifestación del principio general de protección y
preservación de las aguas internacionales. A. El principio de prevención de
daños ambientales aplicado a los cursos de agua internacionales. B. La Eva-
luación de Impacto Ambiental como expresión instrumental del principio de
prevención. Déf‌icit en su aplicación jurisprudencial. C. El incipiente principio
de precaución y su abordaje jurisprudencial. Déf‌icit en su implementación
efectiva. D. El deber de información y consulta vinculado a la EIA. Déf‌icit
preventivo en su aplicación jurisprudencial. Conclusiones. Bibliografía.
resumen
El derecho internacional ha evolucionado hacia el establecimiento de prin-
cipios jurídicos en relación con los cursos de agua internacionales y la tutela
ambiental, los que se consolidan en el deber de proteger y preservar los cursos
de agua. En ese contexto, en el presente capítulo se analiza la aplicación que la
Corte Internacional de Justicia hace de los principios jurídicos del Derecho
Ambiental en los conf‌lictos sobre aguas internacionales, determinando las
def‌iciencias en torno a la prevención de daños transfronterizos.
palabras clave
Prevención, precaución, consulta, Corte Internacional de Justicia, cursos de
agua internacionales.
* Doctor en Derecho; profesor adjunto de Derecho y Legislación Ambiental de la Facul-
tad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de Cuyo; director del Instituto de
Investigaciones de la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la Universidad del
Aconcagua. Correo electrónico: mpinto@fca.uncu.edu.ar.

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