Contenido completo del dia 8 de Mayo de 2019 - 8 de Mayo de 2019 - Registro distrital - Legislación - VLEX 785138457

Contenido completo del dia 8 de Mayo de 2019

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6550
ALCALDE MAYOR Enrique Peñalosa Londoño
ISSN 0124-0552
Director
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital
REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 51 - No. 6550 - Pp 1 - 62 - 2019 - MAYO - 8
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6550 • pP. 1-1 • 2019 • MAYO 8
AÑO 51
Número 6550
2019 MAYO 8
REGISTRO
DISTRITAL
RESOLUCIONES DE 2019
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución Número 0251
(Febrero 4 de 2019)
“Por medio de la cual se delega la
representación de la Secretaría de Educación del
Distrito en la Comisión Intersectorial de Mujeres”
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL
DISTRITO, D. C.
En uso de sus atribuciones legales y en especial
las que le conere el artículo 211 de la Constitución
Política de Colombia, en cumplimiento de la Ley
30 de 1986, Decreto 1069 de 2015, los Decretos
Distritales 330 de 2008, 210 de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 211 de la Cons-
titución Política, corresponde a la Ley jar las con-
diciones para que las autoridades administrativas
puedan delegar funciones en sus subalternos o en
otras autoridades.
Que mediante la Resolución 001 de 2005 del Consejo
Distrital de Política Social fueron creados el Subcomité
Operativo Distrital de Mujer y Géneros de dicho Con-
sejo y los Subcomités Operativos Locales de Mujer y
Géneros de los Consejos Locales de Política Social,
como instancias participativas, de gestión, asesoría,
concertación, evaluación y seguimiento del Plan de
Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género.
Que mediante el Decreto Distrital 546 de 2007, fueron
creadas y reglamentadas las Comisiones Intersecto-
riales del Distrito Capital.
Que de conformidad con el análisis sobre las instancias
de coordinación que requiere el Sector Mujeres, se de-
terminó la necesidad de crear la Comisión Intersectorial
de Mujeres, con sus Mesas de trabajo del Sistema
Distrital SOFIA, y de Territorialización, y la instancia
interna de coordinación para la implementación y se-
guimiento de los proyectos del Sector Administrativo
Mujeres.
Que mediante los ocios con radicaciones 3-2014-
33195 del 27 de agosto de 2014 y 3-2014-37711 del
25 de septiembre de 2014, la Dirección de Desarrollo
Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, en cumplimiento de la Circular 027
de 2008 de esa misma Entidad, emitió su concepto de
viabilidad técnica frente a la creación de la Comisión
Intersectorial de Mujeres y la participación de la Se-
cretaría de la Mujer en las instancias de coordinación
existentes referidas en el presente Decreto.
Que mediante el Decreto 527 de 2014, se crean las
instancias de coordinación del Sector Administrativo
Mujeres, se determina la participación de la Secretaría
Distrital de la Mujer en las instancias de coordinación
existentes en el Distrito Capital, y se dictan otras dis-
posiciones.
Que el artículo 1° ibídem, crea la instancia de coordi-
nación “Comisión Intersectorial de Mujeres.
Que el artículo 2° ibídem, dotó a la Comisión Intersec-
torial de Mujeres de coordinar y articular la ejecución de
funciones, la prestación de servicios y el desarrollo de
acciones de implementación de la Política Pública de
Mujeres y Equidad de Género en el Distrito Capital, así
como efectuar el seguimiento a la gestión intersectorial
realizada para el efecto en el Distrito Capital.
Que el artículo 4° ibídem, dispone que la Comisión
Intersectorial de Mujeres del Distrito Capital estará con-
formada, entre otros, por “El Secretario de Educación
del Distrito”. Igualmente establece que, las secretarias
y secretarios de despacho integrantes de la Comisión
Intersectorial de Mujeres, podrán designar delegadas
y delegados del nivel directivo o asesor de cada una
de esas entidades distritales.
Que sobre la delegación, la Corte Constitucionales
ha señalado que son elementos constitutivos de la
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6550 • pP. 1-2 • 2019 • MAYO 8
2
delegación los siguientes: “(1) la transferencia de fun-
ciones de un órgano a otro; (2) que las transferencia de
funciones se realice por el titular de la función; (3) que
dicha transferencia cuente con una previa autorización
legal; 84) y que el órgano que conere la delegación
pueda siempre y en cualquier momento reasumir la
competencia”.
Que de conformidad con el artículo 21 del Decreto
330 de 2008, la Dirección de Inclusión e Integración
de Poblaciones de la SED, tiene entre otras, la función
de “b). Diseñar programas dirigidos a la inclusión e
integración de niños, niñas y jóvenes en situación de
discapacidad y en situación de vulnerabilidad o de ex-
clusión social o perteneciente a las diferentes etnias”.
Que en concordancia con lo dispuesto en el artículo
4° del Decreto 527 de 2014, la Secretaría Distrital de
la Mujer convoca a la primera sesión ordinaria del año
2019, que se llevará a cabo el martes 5 de febrero de
2019, de 8:00 am a 12:00 m en la Alcaldía Mayor de
Bogotá. Edicio Bicenternario II, Aulas Barulé.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Delegar al Director de Inclu-
sión e Integración de Poblaciones de la SED, para que
represente a la Secretaría Distrital de Educación en la
Comisión Intersectorial de Mujeres.
ARTÍCULO SEGUNDO: El Director de Inclusión e
Integración de Poblaciones, presentará los informes
a la Secretaria Distrital de Educación, en relación con
las actividades realizadas en virtud de la presente
delegación.
ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su expedición y deroga y todas
aquellas disposiciones que le sean contrarias.
Dada en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del
mes de febrero de dos mil diecinueve (2019).
PLUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
CLAUDIA PUENTES RIAÑO
Secretaria de Educación del Distrito, D.C.
Resolución Número 0268
(Febrero 6 de 2019)
"Por la cual se adopta el Sistema Tipo de
Evaluación de Desempeño Laboral para los
servidores públicos de carrera administrativa
y en periodo de prueba de la Secretaría de
Educación del Distrito"
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En ejercicio de las facultades legales conferidas
por el artículo 1 del Decreto 101 de 2004 y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en el artículo
125, -Preceptúa que los empleos en los órganos y
entidades del Estado son de carrera; por su parte, el
artículo 130 ibídem, establece que habrá una Comisión
Nacional del Servicio Civil — CNSC- responsable de
la administración y vigilancia de las carreras de los
servidores públicos.
Que el artículo 38 de la Ley 909 de 2004 señala que,
el desempeño laboral de los servidores de carrera
administrativa deberá ser evaluado y calicado con
base en parámetros previamente establecidos que
permitan fundamentar un juicio objetivo sobre su
conducta laboral y sus aportes al cumplimiento de las
metas institucionales. Para tal efecto, los instrumentos
para la evaluación y calicación del desempeño de
los empleados se diseñarán en función de las metas
institucionales.
Que el inciso tercero del artículo 40 de la Ley 909
de 2004 determina que, es función de la Comisión
Nacional del Servicio Civil, entre otras, desarrollar un
Sistema de Evaluación del Desempeño como Siste-
ma Tipo, que deberá ser adoptado por las entidades
mientras desarrollan su sistema propio de evaluación.
Que el artículo 40 de la Ley en cita, en su inciso segun-
do determina que, “Es responsabilidad del jefe de cada
organismo la adopción de un sistema de evaluación
acorde con los criterios legalmente establecidos”.
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil en sesión
del 4 de octubre de 2018, aprobó el nuevo Sistema Tipo
de Evaluación del Desempeño Laboral de los servido-
res públicos de carrera administrativa y en período de
prueba, y para tal efecto, expidió el Acuerdo No. CNSC
- 201810000,0617 del 10 de octubre de 2018 yunto
con el Anexo Técnico del Sistema Tipo de Evaluación
del Desempeño Laboral de los Empleados Públicos
de Carrera Administrativa y en Periodo de Prueba.’
Que el artículo 1 del Acuerdo precitado establece que,
la Evaluación del Desempeño Laboral es una herra-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR