CONTRATO DE COMODATO 061 RD2573 - 11 de Febrero de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449159150

CONTRATO DE COMODATO 061 RD2573

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2573 11 FEBRERO 2002
EmisorAlcaldia Local de Engativa
23
Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2573 Pp. 1-23
2.002-Febrero-11
Año 36
dad quien otorgará el permiso el cual debe contener como
mínimo las siguientes obligaciones:
1. Establecer y asegurar la recuperación de los posibles daños
causados a los bienes de uso público, y garantizar el tiempo
de ocupación del Espacio Público al igual que garantizar la
entrega en el mismo estado de conservación en que se encon-
traba en el momento del permiso.
2. Compromiso de respetar y no impedir el derecho de recrea-
ción y de libre locomoción tanto activa como pasiva, en la vía
pública, incluyendo el aseo del lugar.
3. Compromiso de ejercer un control a los impactos urbanos
negativos generados al entorno por la realización del acto
permitido bajo los temas de Impacto Ambiental, Impacto Físi-
co e Impacto Social.
PARAGRAFO 1. Una vez adjudicado el sitio para la realiza-
ción de la actividad solicitada, el Alcalde Local o su delega-
do, hará entrega formal y material del sitio a través de un
Acta. En esta se consignará el estado del Espacio Público
asignado De igual forma se procederá en el momento de en-
trega cuando se termine dicho evento.
PARAGRAFO 2. El Alcalde local, deberá enviar copia del
permiso temporal al comandante de la Estación XII de Policía,
para que contribuya al cabal cumplimiento de las disposicio-
nes señaladas en el presente Acuerdo.
CAPITULO V
SANCIONES
ARTÍCULO SEPTIMO: El incumplimiento por parte del Usua-
rio, para con las disposiciones de este Acuerdo dará lugar a
la cancelación irrevocable del permiso respectivo, a la nega-
tiva futura para cualquier acto y se hará acreedor a las san-
ciones aplicables del Código Nacional de Policía.
ARTÍCULO OCTAVO: El presente Acuerdo Local rige a partir
de la fecha de su publicación y deroga el Acuerdo Local N°
02 de 1993.
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 18 días del mes
de Diciembre de Dos Mil Uno (2001)
OMAR LOPEZ LOPEZ
Presidente J.A.L.
FAUSTINO CHAVEZ CRUZ
Secretario J.A.L.
ELIZABETH GIL NARANJO
Alcaldesa Local, Barrios Unidos.
Publicación de 2002
I9NSTITUTO DE DESARROLLO URBANO
PUBLICACION
De acuerdo al Decreto Nº 619 de 2000 por el cual se adopto
el "Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito capital " en
su articulo 178 señala entre los componentes para el Siste-
ma Integrado de Corredores Troncales y Rutas Alimentadoras,
los corredores troncales especializados entre los cuales se
encuentran La Calle 80, Avenida Caracas , Autopista Norte,
Avenida las Américas, la Avenida Jiménez (calle 13). NQS,
Suba, entre otros. Para la ejecución de las obras programadas
en estos corredores se requiere de algunos predios por lo cual
se dará inicio a su proceso de adquisición para permitir la
ejecución de las obras y adecuación de la infraestructura en
estos corredores.
Dado lo anterior y teniendo en cuenta las resoluciones Nº 524
del 12 de diciembre de 2001 expedida por El Departamento
Administrativo de Planeación Distrital donde se determinan
las zonas de reserva para la localización y futura construcción
de obras publicas necesarias para el sistema de transporte
Masivo automotor de Pasajeros de Bogotá D.C. Transmilenio
y la resolución 020 de enero 28 de 2002 por la cual se
complementa la resolución 524 del 12 de diciembre de 2001.
Se iniciara la adquisición de los predios requeridos en los
corredores de la Autopista Norte, Avenida Jiménez, Avenida
Caracas y Avenida de las Américas. Para los predios que no
se encuentren relacionados en estas resoluciones se iniciara
la adquisición una vez sea aprobado el diseño de los corredo-
res por el DADP.
Lo anterior para dar cumplimiento al articulo 61 paragrafo
primero de la ley 388 de 1997 y al articulo 493 del decreto
619 de 2000.
Contratos de 2002
CONTRATO DE COMODATO No. 061 DEL 2002
SUSCRITO ENTRE EL FONDO DE DESARROLLO
LOCAL DE ENGATIVA Y LA ASOCIACION DE PADRES
DE HOGARES DE BIENESTAR EL FUTURO DE LUIS
CARLOS GALAN.
VALOR de los Bienes dados en Comodato $
16.775.770,oo
Entre los suscritos a saber, CESAR CONSTANTINO
OROZCO ORTEGA, mayor edad, vecino de esta ciudad e
identificado con cédula de ciudadanía No. 79.052.056
expedida en Engativa, obrando en calidad de Alcalde Local
de Engativá, según Decreto de nombramiento No. 319 del

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