CONTRATO DE COMODATO 14 RD2571 - 7 de Febrero de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449162550

CONTRATO DE COMODATO 14 RD2571

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2571 7 FEBRERO 2002
EmisorSecretaria de Gobierno
60 Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2571 Pp. 1-60
2.002-Febrero-7
Año 36
atributos de cada cobertura relacionadas en el manual de
niveles y variables del Mapa Digital, en archivo.e00. 2. El
DACD entregará la información correspondiente a las
actualizaciones del Mapa Digital, si éstas existieren o se
presentaren durante el periodo de vigencia del convenio,
siempre y cuando la SECRETARIA haya cumplido con lo
estipulado en la Cláusula Segunda numeral 2. 3. Definir
conjuntamente con la SECRETARIA las llaves de enlace
para el intercambio de la información. 4. Canalizar la
entrega de las actualizaciones de la información del Mapa
Digital en sus diferentes coberturas a través de la
Subdirección Técnica - División de Cartografía- del DACD,
con el fin de incorporarlas al nivel que corresponda. 5. El
DACD se compromete a preservar los derechos de autor de
la información que la SECRETARIA suministre como
producto del presente convenio. 6. Las demás que se
consideren necesarias para lograr una coordinación
Interinstitucional mediante actas con los diferentes planes
de desarrollo de la Ciudad Capital y que se deriven de la
naturaleza del presente convenio. CLAUSULA CUARTA.-
VALOR: El presente convenio no causará erogación algu-
na para las partes. CLAUSULA QUINTA.- DURACION: La
duración del presente Convenio es de doce (12) meses,
contados a partir de la fecha de suscripción del acta de
iniciación, previa reunión de los requisitos de perfecciona-
miento y ejecución. PARAGRAFO: El presente Convenio
podrá ser prorrogado de común acuerdo por las dos
entidades, por un periodo igual al de su duración, para lo
cual se suscribirá el documento respectivo con una
anticipación de treinta (30) días al vencimiento. Lo ante-
rior, siempre y cuando se hayan venido cumpliendo de
forma estricta las obligaciones convenidas por las partes.
CLAUSULA SEXTA.- SUPERVISION Y VIGILANCIA: Para
adelantar el control y vigilancia del cumplimiento del
objeto del presente Convenio, la supervisión por parte del
DACD será ejercida por el Jefe de la División de Cartografía
y la supervisión por parte de la SECRETARIA será ejercida
por el Subsecretario para Asuntos de Convivencia y
Seguridad Ciudadana o su delegado. CLAUSULA SEPTI-
MA.- CAUSALES DE TERMINACION: No obstante ser el
presente un Convenio Interadministrativo, se dará por
terminado de común acuerdo entre las partes ó en el evento
que alguna de las Entidades o ambas incumplan con una
o varias de las obligaciones pactadas. PARÁGRAFO
PRIMERO: La terminación se hará constar por escrito
mediante acta suscrita por las partes. PARÁGRAFO SE-
GUNDO: Si la terminación se originó por causas
imputables a la SECRETARIA, esta última no podrá
beneficiarse de las actualizaciones que surjan sobre el
Mapa Digital, hasta tanto se establezcan las responsabili-
dades y correctivos necesarios. CLAUSULA OCTAVA.-
CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA: Ni la SECRETARIA ni
su personal podrán revelar ninguna información confiden-
cial o de propiedad del DACD, relacionada con el Conve-
nio, los programas fuentes, los servicios, actividades u
operaciones de la misma, sin el previo consentimiento por
escrito del DACD. La confidencialidad será continua y no
vencerá por el término del Convenio. PARAGRAFO: La
SECRETARIA podrá dar información confidencial única-
mente a aquellas entidades o personas que deban ser
informadas y solamente en el limite necesario para que
sean llevadas a cabo las finalidades del Convenio. CLAU-
SULA NOVENA.- CESION: En ningún caso el presente
Convenio podrá ser cedido por parte de la SECRETARIA,
salvo cuando así lo autorice expresamente el DACD.
CLAUSULA DECIMA.- PERFECCIONAMIENTO y EJECU-
CION: Este convenio se perfecciona con la firma de las
partes. Para su ejecución se requerirá de la publicación en
el Registro Distrital y la suscripción del acta de iniciación.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- PUBLICACIÓN: La SE-
CRETARIA se compromete a publicar el Convenio en el
Registro Distrital. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- DO-
MICILIO: Para todos los efectos legales las partes acuerdan
como domicilio contractual la Ciudad de Bogotá D.C.,
donde para constancia se firma a los 3 diciembre de 2001
RAFAEL ALCIDES VILLARREAL CIFUENTES
Director
Departamento Administrativo
de Catastro Distrital
MYRIAM SORAYA MONTOYA GONZÁLEZ
Secretario del Despacho
Secretaría de Gobierno Distrital
Contratos
CONTRATO DE COMODATO No. 14 DEL 2.001.
POR EL CUAL SE ENTREGA EN COMODATO A LA
SECRETARIA DE GOBIERNO DISTRITAL CON DESTI-
NO A LA ESTACION DE BOMBEROS DE BOSA LOS
BIENES RELACIONADOS EN LA CLAUSULA PRIMERA.
Entre los suscritos MERCEDES DEL CARMEN RIOS
HERNÁNDEZ, mayor de edad y vecina de Bogotá DC, identi-
ficada con cédula de ciudadanía No. 41.476.250, en su ca-
lidad de Alcalde Local de Bosa según Decreto de nombra-
miento 260 del Cinco (5) de Abril del 2.001 y Acta de Pose-
sión No. 097 del Dieciséis (16) de Abril del 2.001, cuya
delegación ha sido conferida por el Representante Legal de
los FONDOS DE DESARROLLO LOCAL DEL DISTRITO CAPI-
TAL para suscribir el presente contrato de conformidad con el
Decreto Distrital No. 176 de 1998, quien para efectos del
presente contrato se denominará EL COMODANTE por una
parte, y por la otra MIRYAM SORAYA MONTOYA GONZALEZ,
mayor de edad y vecina de Bogotá DC, identificada con cédu-
la de Ciudadanía No. 21.953.296 , en su calidad de SECRE-
TARIA DE GOBIERNO DE BOGOTA DC, nombrada mediante
Decreto No. 001 del Primero (1°) de Enero del 2.001, y Acta
de Posesión No. 009 del Dos (2) de Enero del 2.001, acuer-

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