CONTRATO DE COMODATO RD2473 - 14 de Septiembre de 2001 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449412062

CONTRATO DE COMODATO RD2473

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2473 14 SEPTIEMBRE 2001
EmisorAlcaldia Local de Usme
13
Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2473 Pp. 1-13
2.001-Septiembre -14
Año 35
quisición, adecuación casa de apoyo integral para la mujer
cabeza de familia» y en el Plan de inversiones para el año
2001 se encuentra como el nombre de «Fortalecer el
Centro de Apoyo Integral para la Mujer Cabeza de Fami-
lia.
6. Que las actividades que contempla el proyecto No.
010, de continuidad al año inmediatamente anterior y
contratado por la UEL del DABS, son de apoyo integral a
la mujer cabeza de familia, por lo tanto se requiere fijar el
nombre del proyecto tal y como se aprobó en el Plan de
Inversiones de la localidad para la presente vigencia.
7. Que para guardar consistencia entre el Plan de Inver-
siones aprobado y las necesidades de la comunidad plas-
madas en los objetivos y actividades de la ficha EBI, se
establece
DECRETAR:
ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el nombre del proyecto
No. 500 el cual quedará así:
«Gestión para la titulación de predios de la zona 5 de la
Localidad Tercera».
ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar el nombre del proyec-
to No. 008 el cual quedará así:
«Fortalecer el Club de Apoyo a la Tercera Edad (Barrio las
Cruces y San Bernardo).
ARTÍCULO TERCERO.- Modificar el nombre del proyecto
No. 010 el cual quedará así:
«Fortalecer el Centro de Apoyo Integral para la Mujer
Cabeza de Familia».
ARTÍCULO CUARTO.- El presente Decreto Local rige a
partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá a los seis (6) días del mes de
septiembre de dos mil uno (2001).
CARLOS ALBERTO GARZÓN PE
N
UELA
Alcalde Local de Santa Fe
Contrato de comodato de 2001
SUSCRITO ENTRE EL FONDO DE DESARROLLO LOCAL
DE USME Y LA JUNTA DE ACCION COMUNAL DEL
BARRIO URBANIZACION SAUCES MIRAVALLE DE LA
LOCALIDAD QUINTA - USME
Entre los suscritos a saber NELSON CRUZ DUARTE mayor
de edad, vecino de esta ciudad y con cédula de ciudadanía
No. 79.317.394 de Bogotá, en su calidad de Alcalde
Local de Usme según Decreto de nombramiento No.401
del 08 de Abril de 1.998 y acta de posesión No. 195 del
22 mayo de 1998, cuya delegación ha sido conferida por
el Representante Legal de los FONDOS DE DESARROLLO
LOCAL DEL DISTRITO CAPITAL para suscribir el presente
contrato, según el Decreto Distrital No.176 de 1998,
quien para los efectos del presente contrato se denomi-
nará EL COMODANTE por una parte, y por otra, el señor
ERNESTO GARAY LOPEZ, igualmente mayor de edad,
vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciuda-
danía No.11.253.810 de Tunjuelito, en calidad de
PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA JUNTA
DE ACCION COMUNAL DEL BARRIO URBANIZACION
SAUCES MIRAVALLE DE LA LOCALIDAD QUINTA -
USME, Junta con Nit. 830.053.717-0, debidamente
facultado para ejercer su cargo según consta en el Auto
de Reconocimiento No. 3430 del 07 de marzo de 2000
expedido por el Departamento Administrativo de Acción
Comunal Distrital, todo lo cual se anexa al presente
contrato para que haga parte integrante del mismo, quien
para los efectos legales se llamara EL COMODATARIO,
acordamos celebrar el presente CONTRATO DE
COMODATO que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA - OBJETO: EL COMODATARIO recibe DEL
COMODANTE en préstamo de uso a titulo gratuito, con
destino única y exclusivamente al barrio URBANIZACION
SAUCES MIRAVALLE DE LA LOCALIDAD QUINTA -
USME, debidamente representado por su JUNTA DE
ACCION COMUNAL, los siguientes bienes muebles de
propiedad única y exclusiva del FONDO DE DESARROLLO
LOCAL DE USME, los cuales se describen a continuación:
1.- Cuatro (04) Panel de control para alarmas comunita-
rias de 28 zonas marca SES, REF: 4-36 caja metálica, led
independiente para identificación de zonas, led indicador
de estado armado, alarma y memoria, salidas indepen-
dientes de sirenas de 12 voltios y de 110 voltios. 2.-
Cuatro (04) Sirenas de 110 voltios, 90 vatios, carcaza
plástica resistente a la intemperie, motor metálico tipo
turbina 6500 RPM, 0.9 amperios. 3.- Cuatro (04) Sirenas
de 12 voltios 30 vatios, golden GS 508, carcaza plástica
ABS para intemperie, alimentación de 6 a 12 voltios,
funcionamiento combinado entre perllante y circuito
electrónico, dos canales de sonido: continuo u oscilación,
salida externa de 120 decibeles. 4.- Cuatro (04) Baterías
de 12 voltios 7 amperios, carga seca CBS GP1272,
completamente sellada, proporciona energía de reserva al
panel de control en caso de falla del fluido eléctrico.
SEGUNDA VALOR: Los bienes muebles entregados en
comodato tienen para efectos fiscales un valor total de
UN MILLON DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL SEISCIEN-
TOS PESOS M/CTE ($1.223.600.oo). PARAGRAFO : Se
anexa fotocopia de la entrada de almacén en la cual se
especifica e individualiza el valor unitario de los elementos
objeto del presente contrato. TERCERA - CESION Y USO:
Este contrato es intransferible y por lo tanto, no podrá
cederse a terceros a ningún titulo y conlleva, para EL
COMODATARIO la obligación de destinar los bienes
objetos del mismo para el uso único y exclusivo previsto

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