Contrato de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 2020 - Normativa - VLEX 879097870

Contrato de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 2020

Fecha de publicación21 Diciembre 2020
Tipo de documentoContrato
Creada por Acuerdo Nº 5 de 1987 del Concejo Municipal
Gaceta Oficial Nº4793
Contenido
CIRCULAR N° 202060000272 DE 2020CIRCULAR N° 202060000272 DE 2020 22
DECRETO N° 1185 DE 2020DECRETO N° 1185 DE 2020 44
(18 DE DICIEMBRE)(18 DE DICIEMBRE)
“Por medio del cual se adopta la medida de pico y cédula en la ciudad de Medellín en el marco de la prevención
y contención del covid-19”
CONTRATO DE EMPRÉSTITO INTERNO CELEBRADO ENTRE ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P. Y BANCO CONTRATO DE EMPRÉSTITO INTERNO CELEBRADO ENTRE ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P. Y BANCO
DAVIVIENDA S.A. DAVIVIENDA S.A. 77
RESOLUCIÓN 202050080426RESOLUCIÓN 202050080426 1313
(18 de diciembre de 2020)(18 de diciembre de 2020)
“Por medio de la cual se ajusta el Manual de Funciones y Competencias Laborales de un empleo de nivel
directivo del Municipio de Medellín”
CONTRATO DE EMPRÉSTITO INTERNO DE TESORERÍA CELEBRADO ENTRE ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A CONTRATO DE EMPRÉSTITO INTERNO DE TESORERÍA CELEBRADO ENTRE ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A
E.S.P- ESSA E.S.P Y EL BANCO BBVA COLOMBIA S.A.E.S.P- ESSA E.S.P Y EL BANCO BBVA COLOMBIA S.A. 1919
RESOLUCIÓN NÚMERO 202050075942RESOLUCIÓN NÚMERO 202050075942 2323
04/12/2020.04/12/2020.
Por medio de la cual se modica la resolución N° 011160 del 7 de septiembre de 2015, a la Institución
Educativa Lusitania-Paz de Colombia
Año XXV - 26 páginas
Dirección
Secretaría de Gestión
Humana y Servicio a la
Ciudadanía
Coordinación
Archivo Central
Alcaldía de Medellín
Medellín,
Diciembre 21 de 2020
Pág.
2
Gaceta Oficial Nº4793
CIRCULAR N° 202060000272 DE 2020
PARA: Secretarios(as) de Despacho y Directores (as) de Departamento Administrativo, Gerentes y Directores (as)
de entidades descentralizadas.
DE: Departamento Administrativo de Planeación
ASUNTO: Ruta metodológica para el proceso de formulación y revisión de políticas públicas.
FECHA: Diciembre 02 de 2020.
El Director del Departamento Administrativo de Planeación, en
atención a los principios que orientan la función administrativa,
conforme al artículo 209 de la Constitución Política, la Ley
489 de 1998, la Ley 909 de 2004 y la Ley 1551 de 2012, los
cuales acoge y reitera el artículo 4 del Decreto Municipal
883 de 2015 y el articulo 45 del Decreto 0863 de 2020 así
como los organizacionales dispuestos en el Artículo 5 del
mismo Decreto, especialmente los principios de coordinación
y colaboración, ecacia y eciencia.
Atendiendo las funciones establecidas en los numerales 3, 8,
10, 11, 13, del artículo 341 del citado Decreto 883 de 2015,
que le asigna funciones al Departamento Administrativo de
Planeación en los procesos de formulación de política pública
y en concordancia con los artículos 10 y 15 del Acuerdo
28 de 2017 que le otorga competencias como autoridad
de planeación que coordina y vigila la implementación del
Sistema Municipal de Planeación, con el n de garantizar
la coherencia, trazabilidad y efectividad en los procesos e
instrumentos de planeación, determina:
Las dependencias del nivel central y entidades descentralizadas
del Municipio de Medellín que pretendan generar procesos
y agendas de políticas públicas, deberán garantizar el
cumplimiento de la siguiente ruta para la formulación y
revisión de una política pública
1. Consultar el Procedimientos en ISOLUCIÓN.
La dependencia interesada en formular la política pública
deberá previamente a su proyección, consultar y dar
cumplimiento a los procedimientos documentados del Sistema
de Gestión de Calidad en ISOLUCION, según aplique la
fase del proceso de política pública así:
PR-DIES-031 Formulación de Políticas Públicas.
PR-DIES-023 Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas.
2. Solicitud de Acompañamiento.
La dependencia municipal deberá solicitar mediante
ocio al Departamento Administrativo de Planeación, el
acompañamiento en el proceso de formulación, y revisión de
la política pública. Esta solicitud y acompañamiento deberá
hacerse anticipadamente y previo a la radicación del proyecto
de acuerdo, en este caso mediante el cumplimiento de las
directrices que la Secretaría General tenga o expida, o del
instrumento a través del cual se dena formular y revisar
la política pública.
Este ocio debe contener:
2.1. Justicación . Un documento técnico que sustente
sucientemente la necesidad de la política pública que
se busca formular, revisar o derogar. Este debe contener
los antecedentes y adjuntar las evaluaciones o análisis
respectivas (si las hay).
2.2. Responsables. Indicar quiénes son los responsables
e interlocutores que en cada dependencia estarán a cargo
de las decisiones del proceso. Estos serán integrantes de
la mesa de trabajo que se conformará para el proceso. Se
solicita que entre los responsables asignados se cuente
con personal de planta, con el n de garantizar la memoria
del proceso.
3. Conformación de la Mesa de Trabajo.
El Departamento Administrativo de Planeación en respuesta a
la solicitud, designará los y las responsables y delegados para
conformar una mesa de trabajo conjunta con la dependencia
interesada y sus responsables, para dicho proceso. Estos
responsables serán profesionales de planta pertenecientes a
los equipos de trabajo de este Departamento. La competencia
y alcance de este acompañamiento será metodológico y de
articulación. Se contará con una mesa de trabajo por cada
proceso de formulación y revisión de políticas públicas
solicitada.
Esta mesa tendrá el siguiente direccionamiento:
3.1. Integración. La mesa de trabajo estará integrada por
profesionales adscritos a la Subdirección de Planeación Social
y Económica, a través de los equipos que conforman la Unidad
de Planeación o Política Social y la Unidad de Planeación
del Desarrollo Económico, según su competencia y por la
Subdirección de Prospectiva, Información y Evaluación
Estratégica con la Unidad Observatorio de Políticas Públicas.
Adicionalmente en el desarrollo de la mesa podrán participar
otras unidades del Departamento Administrativo de Planeación
que se requieran para complementar el proceso y que tengan
competencia en los temas a abordar.
Así mismo, por los responsables que haya indicado la
dependencia en la solicitud previa, estos deberán acompañar
de forma diligente y oportuna todas las fases del proceso y
por los delegados que el DAP haya denido de sus equipos
de trabajo.
3.2.Cronograma y plan de trabajo. Los integrantes de la

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