Contrato de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 09-03-2021 - Normativa - VLEX 879101541

Contrato de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 09-03-2021

Fecha09 Marzo 2021
Fecha de publicación26 Marzo 2021
Tipo de documentoContrato
Gaceta Oficial Nº4817
9
CONTRATO DE MUTUO CELEBRADO ENTRE EDATEL S.A. Y COLOMBIA MÓVIL S.A. E.S.P.
Entre los suscritos a saber: CAROLINA BERNAL, mayor de
edad, vecina de la ciudad de Medellín, identicada con la
cédula de extranjería N° 1016500, quien, en su calidad de
representante legal suplente, según certicado de existencia
y representación legal expedido por la Cámara de Comercio
de Medellín para Antioquia, obra en nombre y representación
de EDATEL S.A., quien en adelante se denominará EDATEL,
de una parte; y, de la otra, ANA MARINA JIMENEZ POSADA,
mayor de edad, vecina de Medellín, identicada con cédula
de ciudadanía N° 39’782.657 de Usaquén, quien, en su
calidad de Representante Legal Suplente, según certicado
de existencia y representación legal expedido por la Cámara
de Comercio de Bogotá, obra en nombre y representación de
COLOMBIA MÓVIL S.A. E.S.P., quien en adelante se denominará
COLOMBIA MÓVIL, se ha celebrado un contrato de mutuo,
cuyos términos están contenidos en las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Objeto. EDATEL se obliga a entregar a COLOMBIA
MÓVIL, en los términos aquí establecidos y a título de mutuo,
recursos por la suma de hasta CIENTO DIEZ MIL MILLONES
DE PESOS MONEDA LEGAL ($110.000.000.000,oo M.L.). Por
su parte, COLOMBIA MÓVIL se obliga a restituir a EDATEL
los montos de dinero que se llegaren a desembolsar, así
como a pagar los intereses remuneratorios que llegaren a
causarse por tal concepto.
COLOMBIA MÓVIL deberá suscribir el (los) pagaré (s) en
los que se instrumentará la obligación a su cargo, en los
cuales deberá(n) constar la cuantía, los intereses, la forma
de amortización y el vencimiento, las fechas de pago del
capital y de los intereses, todo de acuerdo con lo previsto
en las estipulaciones del presente contrato.
SEGUNDA: Plazo y condiciones. Las condiciones del presente
Contrato de Mutuo son las siguientes:
2.1 Moneda. EDATEL desembolsará a favor de COLOMBIA MÓVIL
el dinero en moneda legal colombiana y será restituido por
COLOMBIA MÓVIL en esta misma moneda.
2.2 Desembolso. COLOMBIA MÓVIL podrá solicitar uno o
varios desembolsos hasta por el monto total del presente
contrato. EDATEL desembolsará a COLOMBIA MÓVIL los
recursos correspondientes al presente Contrato de mutuo, de
conformidad con las solicitudes de desembolso presentadas
por COLOMBIA MÓVIL con al menos un (1) día hábil de
anterioridad al desembolso de los recursos.
2.3 Desnación de los recursos: COLOMBIA MÓVIL destinará los
recursos objeto del presente Contrato de Mutuo para repago
parcial de un crédito con la banca comercial internacional
con registro en la Base de Datos del Ministerio de Hacienda
y Crédito Público No 511500038.
Parágrafo. Plazo y amorzación. Los recursos que llegaren a
ser entregados a COLOMBIA MÓVIL en virtud del presente
contrato, tendrán un plazo para su pago de diez (10) años,
contados a partir de la fecha del primer desembolso. La
amortización a capital se realizará en una (1) cuota, pagadera
a la nalización del anterior plazo.
Todo pago que deba efectuarse en día sábado, día feriado
o día no hábil bancario, deberá entenderse válidamente
realizado en el primer día hábil siguiente.
TERCERA: Prepago. COLOMBIA MÓVIL podrá realizar prepagos
de las obligaciones a su cargo, sin límite de cuantía y
en cualquier fecha, lo cual no dará lugar al cobro de
penalizaciones o multas.
CUARTA: Causación y pago de intereses remuneratorios.
COLOMBIA MÓVIL pagará sobre saldos adeudados de capital
bajo el presente Contrato de Mutuo, intereses corrientes a una
tasa de DTF EA + 2,86%. Esta tasa de interés se convertirá
a una tasa equivalente semestre vencido. La liquidación
semestral se realizará sobre los saldos adeudados y se
determinará siempre comenzando en la fecha en que se
realice el primer desembolso, y terminando seis (6) meses
después y será pagadero semestre vencido, de forma
sucesiva hasta su vencimiento nal.
QUINTA: Intereses moratorios. Si el pago de la cuota de
capital y/o de intereses remuneratorios a favor de EDATEL
no se efectuare en las fechas previstas en el(los) pagaré(s),
COLOMBIA MÓVIL reconocerá y pagará intereses moratorios
sobre el monto de capital vencido, desde el día siguiente
a la fecha en que EDATEL declare mediante comunicación
formal el incumplimiento y hasta el día en que dicho monto
sea pagado efectivamente, a una tasa equivalente a 7% EA,
siempre que esta tasa no exceda la tasa máxima legalmente
permitida.
SEXTA: Domicilio y comunicaciones. Para todos los efectos,
se tendrá como domicilio contractual la ciudad de Medellín.
Todo aviso, comunicación o solicitud que las partes deban
dirigirse en virtud de este documento, se efectuará por escrito
y se considerará realizada desde el momento en que se
reciba el documento correspondiente por el destinatario en
la respectiva dirección que a continuación se indica o en el
domicilio principal de la sociedad, según consta en cámara
de comercio:
EDATEL
Tel. (4) 3846384
Dirección: Calle 41 52 28 PISO 18, Medellín
COLOMBIA MÓVIL
Tel. (1) 4435000
Dirección: Avenida El Dorado No.92-32 Connecta-Edicio
Gold 1-Piso 5

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