CONVENIO 0082 RD2683 - 26 de Julio de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449162090

CONVENIO 0082 RD2683

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2683 26 JULIO 2002
EmisorFondo Financiero Distrital de Salud
REGISTRO DISTRITAL bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 35 Número 2683 pP. 1-5 2002 JULIO 26
6
3.3.1.11.01.03.1127 Apoyo integral para hijos de mujeres cabeza de familia 62.000.000.00
3.3.1.11.01.03.1826 Atención integral al adulto mayor no beneficiario de programas estatales 180.000.000.00
0TOTAL CONTRACRÉDITO 242.000.000.00
ARTICULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos e inversión del Fondo de Desarrollo
local de Santa Fe, para la vigencia de 2002, de acuerdo con el siguiente detalle:
CREDITO
IMPUTACION DESCRIPCIÓN VALOR
3GASTOS 242.000.000.00
3.3 INVERSIÓN 242.000.000.00
3.3.1 DIRECTA 242.000.000.00
3.3.1.11.03 JUSTICIA SOCIAL 242.000.000.00
3.3.1.11.01.15 Bogotá Ciudad Fraterna 242.000.000.00
3.3.1.11.03.15.1127 Apoyo integral para hijos de mujeres cabeza de familia. 62.000.000.00
3.3.1.11.03.15.1826 Atención Integral al adulto mayor no beneficiario de programas estatales. 180.000.000.00
TOTAL CREDITO 242.000.000.00
ARTICULO TERCERO: Este Decreto rige a partir de
la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C., a los veintiséis (26) días
del mes de julio del año dos mil dos (2002)
CARLOS ALBERTO GARZON PEÑUELA
Alcalde Local de Santa Fe
CONVENIO INTERADMINISTRATIVO NÚMERO 0082-2002
CONVENIO INTERADMINISTRATIVO CELEBRADO ENTRE EL
FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD Y EL HOSPITAL
DE MEISSEN EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO.-
Entre los suscritos, a saber: por una parte, JOSE FERNANDO
CARDONA URIBE, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identifi-
cado con la Cédula de Ciudadanía No 79.267.821 de Bogotá, SE-
CRETARIO DISTRITAL DE SALUD, según Decreto 853 de Octu-
bre 5 de 2000, quien obra en nombre y representación del FONDO
FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD, establecimiento público del
orden distrital creado por el Acuerdo 20/90 del Concejo de Bogotá,
en su condición de Director Ejecutivo y delegado como ordenador
del gasto según Decreto 706/91 emanado de la Alcaldía Mayor de
Bogotá D.C., y debidamente facultado por la Ley 80/93, quien para
los efectos de este contrato se denominará EL FONDO y por la
otra, CARLOS HERNANDO LIZCANO BENITEZ, mayor de edad,
vecino de esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía No.
79.158.534 de Usaquén, quien en su calidad de GERENTE, según
CONTRATOS
Decreto No. 421 del 1º de julio de 1999 y Acta de Posesión del 14
de julio de 1999, obra en nombre y representación del HOSPITAL
DE MEISSEN EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO, entidad pública
descentralizada del orden distrital, con personería jurídica, autono-
mía administrativa y patrimonio independiente, adscrita a la Secre-
taría Distrital de Salud, creada por Acuerdo 17/97, quien en adelan-
te se denominará EL HOSPITAL, hemos acordado suscribir el pre-
sente CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE TRASPASO el
cual se regirá por los postulados de la Constitución Política, la Re-
solución 001 de 2001 del Contador General de Bogotá y en lo no
establecido en ellas por las normas del derecho privado y las cláu-
sulas que se estipulan a continuación, previas las siguientes CON-
SIDERACIONES: 1) Que en desarrollo de las políticas institucionales
de EL FONDO se viene adelantando un proceso de renovación y
mejoramiento de los recursos físicos y tecnológicos con que cuenta
para el cumplimiento oportuno y eficaz de la misión institucional de
la Secretaría Distrital de Salud. 2) Que un tratamiento técnico y
adecuado para los recursos físicos requiere el cumplimiento de una
serie de procesos que van desde la planeación de la adquisición
hasta la baja definitiva de los bienes. 3) Que EL FONDO dispone
de unos bienes en el inventario que no requiere para su normal
funcionamiento. 4) Que mediante oficio radicado bajo el No. R:165
de fecha 02-01-2002, EL HOSPITAL manifiesta su interés de reci-
bir los bienes disponibles en los inventarios de EL FONDO, por lo
que solicita se autorice su traspaso permanente. 5) Que el Conta-
dor General de la Nación mediante Resolución No. 400 de diciem-
bre de 2000 dictó una serie de disposiciones en materia contable
relacionada con el manejo y control de los bienes de las entidades
públicas, las cuales fueron acogidas y desarrolladas por el Conta-
dor General de Bogotá para el Distrito Capital en el Manual de Pro-
cedimientos Administrativos y Contables para el Manejo y Control
de los Bienes en los Entes Públicos del Distrito Capital, adoptado
mediante Resolución 001 del 2001. 6) Que en el Manual en su
capítulo 5º denominado EGRESO O SALIDA DEFINITIVA DE LOS
BIENES DE LA ENTIDAD, dispone el procedimiento para dar sali-
da definitiva a los bienes que la entidad no desea tener mas en su
patrimonio en el numeral 5.6.4.6 Traslado o Traspaso de Bienes
entre Entidades Distritales a través de Operaciones

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