CONVENIO RD2609 - 5 de Abril de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449161002

CONVENIO RD2609

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2609 5 ABRIL 2002
EmisorTransmilenio S.a.
24 Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2609 Pp. 1-24
2.002-Abril-5
Año 36
II PARTE
CREDITO
CODIGO PRESUPUESTAL NOMBRE CREDITOS
3.3. INVERSIÓN$ 601.893.190.42
3.3.6 OBLIGACIONES POR PAGAR $ 601.893.190.42
3.3.6.01 RESERVAS PRESUPUESTALES $ 601.893.190.42
TOTAL CREDITOS $ 601.893.190.42
ARTICULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los dos (2) días del
mes de Abril del dos mil dos (2002).
ELIZABETH GIL NARANJO
Alcaldesa Local de Barrios Unidos.
Convenio de 2001
CONVENIO INTERADMINISTRATIVO CELEBRADO
ENTRE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER
MILENIO TRANSMILENIO S.A. Y EL FONDO DE
VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTA, D.C.
Entre los suscritos a saber: De una parte la EMPRESA DE
TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO
S.A.- sociedad por acciones, bajo el régimen jurídico de las
empresas industriales y comerciales del Estado, represen-
tada en este acto por el doctor EDGAR ENRIQUE
SANDOVAL CASTRO, mayor de edad y vecino de esta
ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía número
79´486.743 de Bogotá, actuando en su calidad de
gerente, cargo para el cual fue designado mediante el
Decreto de Nombramiento No. 016 del 13 de enero de
2000, debidamente posesionado según consta en el acta
No. 084 del 14 de enero de 2000, la que para los efectos
del presente acto se denominará TRANSMILENIO S.A; y
por la otra parte el FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
DE BOGOTA, D.C., ente de derecho público, representa-
do en este acto por su Gerente ERNESTO MATALLANA
CAMACHO, igualmente mayor de edad, vecino de este
Distrito capital, identificado con la cédula de ciudadanía
número 79297.993 de Bogotá, cargo para el cual fue
nombrado mediante el Decreto Distrital No. 093 del 2 de
febrero de 2001 y del cual tomó posesión, según da fe el
Acta No. 007 de 2001, el cual en adelante y para los
efectos del presente convenio se denominará el FONDO,
en ejercicio de la plena autonomía de la voluntad, acorda-
mos con observancia de lo dispuesto en la Ley 80 de 1993
y sus normas concordantes y reglamentarias, celebrar el
presente convenio de ayuda interinstitucional, en orden a
obtener personal idóneo para que TRANSMILENIO S.A.
continúe con las tareas de Seguridad y Control durante los
horarios de operación del Sistema, de tal suerte que de
conformidad con el ofrecimiento formulado mediante
escrito del 18 de diciembre de 2001, radicado bajo el No.
009097 por parte del Comandante del Grupo TransMilenio
de Policía, acuerdan: PRIMERA: OBJETO.- El objeto del
presente convenio lo constituye la ayuda interinstitucional
para la dotación y capacitación especializada del personal
de la Policía Nacional que presta los servicios de vigilancia,
manejo del tránsito y apoyo al control operacional en el
Sistema TransMilenio. SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL
FONDO. Además de las derivadas de la naturaleza del
Convenio, en cumplimiento del objeto, el FONDO tendrá
entre otras: a) Capacitar al personal en los términos y
condiciones establecidos en el ANEXO 1 que hace parte
integral del presente Convenio. b) Suministrar material de
dotación al personal de la Policía Metropolitana que presta
apoyo al Sistema TransMilenio de conformidad con el
ANEXO 1 anteriormente citado. c) Destinar los recursos
que le aporte TRANSMILENIO S.A. a las finalidades del
Convenio durante toda su duración. d) Manejar los recur-
sos presupuestalmente de tal suerte que no se pierdan por
cambios de vigencia, instrucciones de austeridad o simi-
lares. e) Designar un Gerente o Director, que supervise y
asuma la responsabilidad de la coordinación del desarrollo
del Convenio. TERCERA: VALOR. El valor del presente
Convenio esta determinado por el valor del aporte de
TRANSMILENIO S.A., que asciende a la suma de QUI-
NIENTOS MILLONES DE PESOS ($500´000.000,00)
M/CTE, el cual incluye todos y cada uno de los impuesto
nacionales o locales que puedan afectar el presente
Convenio.. CUARTA: FORMA DE PAGO: El valor del
aporte para la cooperación interinstitucional a que se
compromete TRANSMILENIO S.A. se entregará en un solo
contado, un vez suscrito el presente Convenio, debida-
mente legalizado y suscrita la respectiva Acta de Inicia-
ción. QUINTA: IMPUTACION PRESUPUESTAL: Los
compromisos económicos que se adquieren por el presen-
te Convenio, se sujetarán a la apropiación presupuestal
correspondiente y específicamente a las disponibilidades
número 992 y 993 de fecha diciembre 24 de 2001,
expedidas por la Directora Administrativa de
TRANSMILENIO S.A, contra las cuales la entidad se
compromete a constituir el respectivo registro presupuestal.
SEXTA: VIGENCIA DEL CONVENIO Y PLAZO DE EJECU-
CION. La vigencia del presente Convenio, entendida como
el lapso existente entre la fecha de su suscripción y la de
su terminación y liquidación será de catorce (14) meses,

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