Convenios 0124 - 27 de Agosto de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43180353

Convenios 0124

EmisorVarios
Número de Boletín44914

Celebrado entre La ESE, Metrosalud y el Colegio Mayor de Antioquia.

Entre los suscritos Carlos Mario Rivera Escobar, mayor de edad y vecino de Medellín, identificado con la cédula de ciudadanía número 15501868 de Copacabana, Antioquia, quien obra en calidad de Gerente de la Empresa Social del Estado Metrosalud, entidad del orden municipal, regida por el Decreto 752 de 1994 y por el Acuerdo 083 de 2001, de una parte, quien en adelante se denominará Metrosalud, y Ana Lucía Hincapie Flórez, identificada con cédula de ciudadanía 72748023 de Itagüí, quien en calidad de representante legal y Rectora del Colegio Mayor de Antioquia, según consta expedida por el Icfes el 17 de mayo de 2000, Institución Universitaria de carácter oficial y quien en adelante se llamará el Colegio Mayor de Antioquia, hemos acordado celebrar un contrato docencia servicio contenido en el presente documento previas las siguientes,

CONSIDERACIONES:

  1. Que el Colegio Mayor de Antioquia desarrolla con idoneidad diferentes programas formativos en áreas del saber que constituyen interés en las actividades multidisciplinarias que ejecuta la ESE, Metrosalud para el cumplimiento integral de su misión.

  2. Que con el fin de lograr los objetivos de aprendizaje y formación se requiere de campos de práctica en las instituciones o entidades que dispongan de áreas de trabajo relacionadas con las mismas.

    3 Que Metrosalud tiene como política el apoyo a las actividades educativas y formativas de recurso humano en salud y áreas relacionadas o de soporte logístico y administrativo.

    Cláusula primera. Objeto general. El presente convenio tiene como objetivo principal el desarrollo integrado de los programas docente servicio relacionados con los programas formativos que ofrece el Colegio Mayor de Antioquia y los servicios de salud que presta Metrosalud a través de sus Unidades Hospitalarias y de apoyo administrativo.

    Cláusula segunda. Otros objetivos:

    1. Establecer las bases de cooperación y coordinación entre Metrosalud y el Colegio Mayor de Antioquia de la docencia‑servicio a realizar, que le permitan a cada una de las partes ser fiel a su misión y cumplir los objetivos institucionales;

    2. Garantizar la excelencia académica en la formación de los estudiantes y la prestación de un oportuno servicio de atención a la comunidad.

    Cláusula tercera. Duración: El presente convenio tendrá una duración de un (1) contado a partir del 15 de julio de 2002, plazo que podrá ser prorrogado o terminado de común acuerdo entre las partes, con treinta (30) días de antelación al vencimiento del plazo.

    Cláusula cuarta. Terminación anticipada. El presente convenio podrá terminarse anticipada y unilateralmente por parte de Metrosalud, en las siguientes cuentas:

  3. Por el incumplimiento del Colegio Mayor de Antioquia de cualquiera de las obligaciones pactadas en el presente convenio.

  4. Por interferencia grave en la prestación de los servicios de salud o de las actividades docentes que amenacen seriamente la función social de garantizar la atención a la comunidad.

    Cláusula quinta. Programas: Las partes deberán elaborar con anterioridad al inicio...

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