DECRETO NUMERO 3316 DE 2008 , (septiembre 4) , por el cual se autoriza a la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público-para realizar la capitalización de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica S. A. E.S.P., Corelca S. A., hasta por la suma de un billón doscientos setenta mil millones de pesos ($1.270.000.000.000,00) mediante la conversión de parte de la deuda en acciones ordi narias de la empresa . - 4 de Septiembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47011718

DECRETO NUMERO 3316 DE 2008 , (septiembre 4) , por el cual se autoriza a la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público-para realizar la capitalización de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica S. A. E.S.P., Corelca S. A., hasta por la suma de un billón doscientos setenta mil millones de pesos ($1.270.000.000.000,00) mediante la conversión de parte de la deuda en acciones ordi narias de la empresa .

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47103

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 14 de la Ley 51 de 1990, y CONSIDERANDO: Que el artículo 14 de la Ley 51 de 1990 establece que cuando el Gobierno Nacional lo autorice, se podrán capitalizar acreencias entre entidades públicas en los términos que con vengan las partes.

Dicha capitalización se efectuará por el valor comercial de la acreencia, o por su valor nominal y se contabilizará como capital pagado y suscrito: Que el artículo 183 de la Ley 142 de 1994 dispone, entre otros, que los pasivos de cual quier naturaleza que las Empresas de Servicios Públicos tengan con la Nación, las entidades territoriales o las entidades descentralizadas de aquella podrán ser convertidos en acciones de las Empresas de Servicios públicos;

Que el inciso segundo del artículo 119 del Decreto 111 de 1996 establece que no requieren operación presupuestal alguna las sustituciones de activos que se realicen de acuerdo con la ley y no signifiquen erogaciones en dinero;

Que según consta en Memorando número 6.9.2-0609-014722 del 14 de julio de 2008, expedido por el Coordinador del Grupo de Servicio de la Deuda de la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al 30 de junio de 2008 inclusive, el saldo que la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica S.

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P., Corelca S.

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tiene a favor de la Nación-Ministerio de Hacienda y Cré dito Público es de dos billones setenta y cuatro mil quinientos cincuenta y tres millones seiscientos setenta y seis mil novecientos cincuenta y siete pesos con ochenta y cuatro centavos ($2.074.553.676.957,84) moneda legal colombiana, discriminada de la siguiente manera: por capital la suma de un billón seiscientos cuarenta y nueve mil setecientos se senta y cinco millones veintitrés mil seiscientos sesenta y cinco pesos con doce centavos ($1.649.765.023.665,12) moneda legal colombiana y por intereses la suma de cuatrocien tos veinticuatro mil setecientos ochenta y ocho millones seiscientos cincuenta y tres mil doscientos noventa y dos pesos con setenta y dos centavos ($424.788.653.292,72) moneda legal colombiana;

Que la deuda a cargo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica S.

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E.

S.

P., Corelca S.

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a favor de la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público- tiene origen en los Acuerdos de Pago...

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