Corrección - 29 de Agosto de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51310457

Corrección

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín46735

En el Diario Oficial 46.716 del viernes 10 de agosto de 2007, pagina 7, aparece publicado, con un error en el numero, el Decreto 3024 del 10 de agosto de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional, cuando lo correcto es Decreto 3034 del 10 de agosto de 2007, por el cual se modifica el Sistema de Nomenclatura y Clasificacion de los empleos de las entidades que integran el sector Defensa.

Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policia Nacional ACUERDO NUMERO 047 DE 2007 El Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policia Nacional, en uso de sus facultades legales y en especial las que confiere el literal j) del articulo 9° del Decreto 1795 de 2000, ACUERDA:

Articulo 1° El articulo 6° del Acuerdo numero 037 de 2003 "Por el cual se establecen normas para el control y evaluacion de la gestion en el CSSPM", y el paragrafo de ese mismo articulo quedaran asi: Articulo 6°

Plan de Accion. Entre el 1° y el 15 de diciembre de cada año, la Direccion General de Sanidad Militar y la Direccion de Sanidad de la Policia Nacional, asi como el Hospital Militar Central, presentaran a consideracion del CSSMP el correspondiente Plan de Accion para la siguiente vigencia.

Los Planes de Accion, elaborados con base en un estudio de la apreciacion de la situacion en aspectos administrativos, tecnicos y asistenciales, deben especificar los programas subprogramas que lo conforman, asi como los correspondientes objetivos especificos, definidos en forma clara y precisa hacia el cumplimiento de aquellos.

Paragrafo 1°. En caso de requerir ajustes los Planes de Accion del Subsistema de Salud las Fuerzas Militares y la Policia Nacional, de acuerdo con las recomendaciones que realice el CSSMP, estas se presentaran entre el 15 y el 28 de diciembre, con el fin de que cada Plan de Accion rija a partir del 1° de enero de la vigencia siguiente.

Paragrafo 2°. Modificaciones Plan de Accion. Una vez adoptado el Plan de Accion por CSSMP, este solamente podra ser modificado por el Consejo, previa justificacion de motivos de fuerza mayor que impidan dar cumplimiento a las actividades, metas y objetivos planteados y adoptados.

LICITACION PUBLICA NUMERO L-003-07...

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