Resolución número 147 de 2013, por medio de la cual se ordena corregir una anotación en los folios de matrículas inmobiliarias números 370251272, 370-251282 y 370-251283. Expediente 370-AA-2012-83 - 24 de Julio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 450569194

Resolución número 147 de 2013, por medio de la cual se ordena corregir una anotación en los folios de matrículas inmobiliarias números 370251272, 370-251282 y 370-251283. Expediente 370-AA-2012-83

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina Principal de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Cali
Número de Boletín48861

El Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Cali, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 1579 de 2012 y Ley 1437 de 2011, (Artículos 2º y s.s.), procede a decidir la actuación administrativa iniciada mediante Auto número 76 de octubre 26 de 2012 y,

CONSIDERANDO QUE:

1. ANTECEDENTES

La doctora María Mercedes Ferry Ferreira Representante Legal de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, mediante derecho de petición, solicita a esta oficina se corrijan los folios de matrículas inmobiliarias números 370-251272, 370-251282 y 370-251283, por cuanto se inscribió la extinción del derecho de dominio, según sentencia número 036 del 31 de diciembre de 2004, del Juzgado 2 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Descongestión de Bogotá y no se tuvo en cuenta que mediante dicha providencia se decretó la improcedencia de extinción del derecho de dominio sobre los inmuebles inscritos en folios antes citados, aprobada mediante acta 31 del 5 de julio de 2006, la cual fue confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá, D. C., Sala Penal de Descongestión.

2. ARGUMENTOS DE LA PETICIONARIA

Indica la peticionaria que se corrijan los folios de matrícula inmobiliaria números 370251272, 370-251282 y 370-251283, en cuanto a la anotación correspondiente a la inscripción de la sentencia número 036 del 31 de diciembre de 2004 del Juzgado 2 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Descongestión de Bogotá, teniendo en cuenta que en ella el Juzgado 2 Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Descongestión, decretó la improcedencia de extinción del derecho de dominio, sobre los inmuebles inscritos en los folios ya citados, la cual fue confirmada en acta 31 del cinco (5) de julio de 2006 por el Tribunal Superior de Bogotá, D. C., Sala Penal de Descongestión y no extinción del derecho de dominio privado como...

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