Resolución número 0185 de 2013, por la cual se ordena la apertura de una investigación de carácter administrativo con el objeto de definir la imposición de una medida de salvaguardia general a las importaciones barras de hierro o acero, sin alear (barras corrugadas) y alambrones de hierro o acero, sin alear (alambrones corrugados), originarias de Países Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) - 9 de Agosto de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 454442206

Resolución número 0185 de 2013, por la cual se ordena la apertura de una investigación de carácter administrativo con el objeto de definir la imposición de una medida de salvaguardia general a las importaciones barras de hierro o acero, sin alear (barras corrugadas) y alambrones de hierro o acero, sin alear (alambrones corrugados), originarias de Países Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC)

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín48877

La Directora de Comercio Exterior (E), en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los numerales 5 y 7 del artículo 18 del Decreto número 210 de 2003, en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto número 152 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante solicitud presentada ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo el 7 de junio de 2013, complementada el 4 de julio de 2013, las empresas Acerías Paz del Río S. A. y Diaco S. A., a través de apoderado especial, requirieron la aplicación de una medida de salvaguardia provisional y definitiva en la forma de un gravamen del 35%, a las importaciones barras de hierro o acero, sin alear (barras corrugadas) y alambrones de hierro o acero, sin alear (alambrones corrugados), correspondientes a las subpartidas 7214.20.00.00 y 7213.10.00.00, en el marco del Decreto número 152 de 1998, el cual establece los procedimientos y criterios para la adopción de medidas de salvaguardia general;

Que en el marco de lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto número 152 de 1998, sin perjuicio de normas especiales contenidas en Acuerdos de Integración Económica celebrados por Colombia, las disposiciones del mismo se aplicarán a las importaciones de productos originarios de países miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC);

Que conforme con lo señalado en el artículo 9º del Decreto número 152 de 1998, la Subdi-rección de Prácticas Comerciales de la Dirección de Comercio Exterior, evaluó el mérito para abrir una investigación de carácter administrativo para definir la imposición de medidas de salvaguardia, mediante la comprobación de la existencia de indicios suficientes del aumento de las importaciones del producto en cuestión, el daño a la producción nacional y la relación causal entre estos dos elementos;

Que de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 10 y en los artículos 11 y 12 del Decreto número 152 de 1998, se debe hacer un llamado y enviar cuestionarios para que los interesados en la investigación alleguen cualquier información pertinente a la misma, dentro de los términos establecidos en el citado decreto;

Que tanto los análisis adelantados por la Subdirección de Prácticas Comerciales, así como los documentos y pruebas que se tuvieron en cuenta para la evaluación del mérito de la apertura de la investigación, se encuentran ampliamente detallados en el Expediente SA-01-55 que reposa en los archivos de dicha Subdirección, para consulta de los interesados en su versión pública, los cuales se resumen a continuación.

  1. Aspectos generales y de procedimiento

    1.1 La solicitud

    Las Empresas Acerías Paz del Río S. A. y Diaco S. A., basan su solicitud en los siguientes argumentos:

    · Aun cuando las importaciones de corrugados del año 2010 ocasionaron un daño grave a la producción nacional, sus volúmenes no fueron tan representativos en el Consumo Nacional Aparente (CNA), debido a que las empresas productoras nacionales tuvieron que bajar sus precios de manera significativa para mantener su participación en el mercado, situación que no se pudo seguir sosteniendo a partir de 2011.

    · El incremento de las importaciones que causa un daño grave a la producción nacional empieza en el primer semestre de 2011, continúa durante el segundo semestre de ese año y aumenta en el año 2012. Por ello, el periodo crítico de la investigación es el año 2012 (primer y segundo semestres). El periodo crítico, en comparación con 2011 deja establecido que las importaciones del producto siguen incrementándose, situación que continúa y aumenta en los primeros meses de 2013.

    · En total se observa que en 2010 se importaron durante el primer semestre 26.130 toneladas, luego, en el segundo semestre de 2010 se importaron 39.187 toneladas, incrementándose en el 46.2%, para un total en 2010 de 65.991 toneladas.

    · La anterior tendencia se acentúa en 2011, pues, en el primer semestre se importaron 27.928 toneladas, y durante el segundo semestre 83.772, para un total de 111.701 toneladas, con un incremento frente a 2010 de 69.27%. En el primer semestre de 2012 se importaron 134.775 toneladas y durante el segundo semestre 149.700, para un total de 284.474 toneladas, en total entre 2011 y 2012 el incremento de las importaciones fue del 155%.

    · En el caso de México, se observa que entre 2010 y 2012 las importaciones se incrementaron en un 192%, ya que en 2010 estuvieron en el orden 58.989 toneladas, en 2011 aumentaron a 66.537 toneladas, con un comportamiento similar durante el año 2012 en el cual se importaron 172.327 toneladas.

    · En el caso de Turquía, se observa que entre 2010 y 2012 las importaciones se incrementaron en un 117.100%, ya que en 2010 estuvieron en el orden de 52 toneladas, en 2011 aumentaron a 29.670 toneladas, con un comportamiento similar durante el año 2012, en el cual se importaron 60.710 toneladas. Es decir, crecieron más de cien mil por ciento en dicho periodo.

    · En el caso de Trinidad y Tobago, también se observa que entre 2010 y 2012 las importaciones se incrementaron el 471%, ya que en 2010 estuvieron en el orden de 5.985 toneladas, en 2011 se incrementaron 12.759 toneladas, y en el año 2012 se importaron 34.151 toneladas.

    · Desde el primer semestre de 2010 hasta el segundo semestres de 2012, las variables relativas a la existencia de daño se encuentran afectadas negativamente como consecuencia del incremento de las importaciones de corrugados de acero.

    · En 2010, en función de una amenaza fuerte de importaciones hacia Colombia, las siderúrgicas como estrategia comercial, en primer término disminuyeron sus precios para competir y no perder participación en el mercado. Indican que esta situación es insostenible en el tiempo y por eso, las solicitantes volvieron a subir sus precios a punto de equilibrio. Como consecuencia de lo anterior, las importaciones empezaron a incrementarse a partir del segundo semestre de 2011. Señalan que lo anterior explica por qué los resultados de 2010 no son el punto de comparación óptimo para establecer el daño grave.

    · Reiteran que las importaciones se incrementan a partir de 2011 y el daño grave a la rama de producción nacional también se incrementó en ese mismo período el cual se evidencia con mayor fuerza durante el segundo semestre de 2012.

    1.2 Descripción del producto objeto de investigación

    Los productos objeto de la investigación, según los peticionarios, corresponde a los corrugados de acero (barras y alambrones de hierro o acero sin alear), los cuales de acuerdo con el Arancel de Aduanas Nacional se clasifican por las siguientes subpartidas:

    7214.20.00.00: Barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extru-didas, en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado, con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado.

    7213.10.00.00: Alambrón de hierro o acero sin alear, con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado.

    El acero es una aleación (Fe) y carbono (C). Normalmente se considera que el acero alcanza un máximo de 2,0% de carbono. Es importante aclarar que en el acero siempre se encuentran otros elementos: Manganeso (Mn), utilizado como elemento controlador del azufre y adicionado al acero para mejorar su resistencia mecánica; Azufre (S), proviene del mineral y se considera nocivo porque confiere fragilidad, especialmente cuando hay calentamiento y Fosforo (P), al igual que el azufre, proviene del mineral y también confiere fragilidad.

    Sin embargo, estos dos últimos elementos mejoran la maquinabilidad, así que para piezas que requieran fácil mecanizado y cuyas propiedades mecánicas no son exigentes, se utilizan los aceros resulfurados o refosforados, ya que...

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