Corte amplía poder de justicia indígena frente a casos de violencia sexual - 23 de Diciembre de 2016 - El Tiempo - Noticias - VLEX 656092501

Corte amplía poder de justicia indígena frente a casos de violencia sexual

Justicia

En una polémica decisión, la Corte Suprema de Justicia estableció que los casos de violencia sexual cometidos por indígenas contra miembros de sus etnias pueden ser juzgados por sus comunidades y no por la justicia ordinaria, siempre y cuando los cabildos puedan llevar a cabo un proceso justo. Así, la Corte dice que la justicia indígena –que contempla penas como latigazos o servicio comunitario– puede conocer estos delitos si los cabildos tienen “la institucionalidad” para garantizar el debido proceso para víctimas y acusados, como un sistema coercitivo, con reglas y sanciones claras. Esto, “sin que resulte determinante el hecho de que la justicia indígena contemple un castigo distinto a la pena de prisión”. Para el alto tribunal, “resulta improcedente aducir que el sistema sancionatorio de los indígenas comporta un tratamiento débil y permisivo, generador de impunidad”. La Corte dice que ese razonamiento “implica el desconocimiento de la autonomía de los pueblos indígenas y la imposición del sistema penal de la sociedad dominante”. La Corte además establece que así los delitos sexuales hayan ocurrido fuera del territorio indígena, también pueden ser conocidos por su justicia, siempre y cuando en el lugar donde se den se viva bajo sus usos y costumbres. Estos argumentos se dieron porque el alto tribunal revisó un recurso de casación de Nelson Murry Estévez contra un fallo del 8 de febrero de este año en el que el Tribunal Superior de Bogotá lo condenó por violar a una niña indígena. El hecho sucedió el 20 de noviembre del 2012, entre las 6 y las 7 de la noche, en el albergue Asociación Cristiana Nuevo Nacimiento, ubicado en el oriente de Bogotá. Allí vive población...

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