‘Tatequieto’ de la Corte al desacato de tutela - 13 de Junio de 2014 - El Tiempo - Noticias - VLEX 514874974

‘Tatequieto’ de la Corte al desacato de tutela

Sentencia

Los 10 días que un juez tiene como plazo máximo para fallar un recurso de tutela será el tiempo que ahora regirá para resolver un desacato. Así lo definió la Corte Constitucional al resolver una demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Defensoría del Pueblo, en octubre pasado, contra el artículo 52 del decreto 2591 de 1991, que no definía un tiempo límite para imponer sanciones a quienes no acataran las decisiones de tutela. Ese plazo quedaba bajo criterio del juez, que podía tardar meses en imponer una pena de hasta 6 meses de arresto o multa de hasta de 20 salarios mínimos a quien no cumpliera con un fallo. (Ver recuadros) “Ese era un vacío muy grande que ponía en riesgo los derechos fundamentales de los tutelantes”, dice el defensor del Pueblo, Jorge Armado Otálora. En una votación 6-2, los magistrados respaldaron la ponencia del magistrado Mauricio González, que proponía un término a los incidentes de desacato en las acciones de tutela, con el fin de garantizar el debido proceso de los ciudadanos. En la actualidad existen más de 10.000 incidentes de desacato sin resolver, según datos de la Defensoría del Pueblo. La mayoría están relacionados con temas de salud, seguridad social, pensiones y derechos de petición. Salud y pensión son los derechos más tutelados. Fuentes del alto tribunal explicaron que el principio básico que fundamentó la ponencia del magistrado González era garantizar la protección efectiva de los derechos fundamentales y advertir que, hasta ahora, no bastaba con que existiera una sentencia para que se diera su efectivo cumplimiento. “La Corte encontró que la inexistencia de un término para resolver la solicitud de cumplimiento de sentencias de tutela desconoce la protección inmediata y eficaz de los derechos fundamentales”...

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