Resolución número 016 de 2007, por la cual se modifica parcialmente la Resolución CREG 024 de 2005 que establece las normas de calidad de la potencia eléctrica aplicables a la Distribución de Energía Eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional. - 27 de Marzo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50297979

Resolución número 016 de 2007, por la cual se modifica parcialmente la Resolución CREG 024 de 2005 que establece las normas de calidad de la potencia eléctrica aplicables a la Distribución de Energía Eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín46583

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994 y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el articulo 23, literal i), de la Ley 143 de 1994, corresponde a la Comision de Regulacion de Energia y Gas establecer el Reglamento de Operacion para realizar el planeamiento y la coordinacion de la operacion del Sistema Interconectado Nacional;

Que segun lo dispuesto en el articulo 73, numeral 73.4 de la Ley 142 de 1994, corresponde a la Comision de Regulacion de Energia y Gas, "fijar las normas de calidad a las que deben ceñirse las empresas de servicios publicos en la prestacion del servicio";

Que conforme a lo establecido en el articulo 23, literal n), de la Ley 143 de 1994, corresponde a la Comision de Regulacion de Energia y Gas "definir y hacer operativos los criterios tecnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energia";

Que de acuerdo con el articulo 87, numeral 87.8 de la Ley 142 de 1994, toda tarifa tendra un caracter integral, en el sentido de que supondra una calidad y grado de cobertura del servicio, cuyas caracteristicas definiran las comisiones reguladoras;

Que la Comision, mediante la Resolucion CREG 070 de 1998 adopto el Reglamento de Distribucion de Energia Electrica como parte del Reglamento de Operacion del Sistema Interconectado Nacional, el cual contiene las normas sobre la calidad en la prestacion del Servicio de Distribucion de Electricidad;

Que la Comision, mediante la Resolucion CREG 082 de 2002 aprobo los principios generales y la metodologia para el establecimiento de los cargos por uso de los STR y SDL;

Que el monto de inversion considerado para la determinacion de los cargos por uso de los STR y SDL se basan en las unidades constructivas;

Que la Comision tuvo en cuenta en el calculo del costo reconocido para algunas de las unidades constructivas, segun la metodologia de la Resolucion CREG 082 de 2002, la instalacion de Unidades de Adquisicion y procesamiento de Datos, en los puntos correspondientes, y los Sistemas de Medida y Calidad (Equipos de Registro de Eventos);

Que el 10 de mayo de 2005 fue publicada en el Diario Oficial numero 45.904 la Resolucion CREG 024 de 2005, por la cual se modificaron las normas de calidad de la potencia electrica aplicables a los servicios de Distribucion de Energia Electrica;

Que la Resolucion CREG 110 de 2005 modifico el plazo previsto en el articulo 4º de la Resolucion CREG 024 de 2005 para la instalacion de equipos de medicion de Calidad de la Potencia Electrica hasta el 31 de julio de 2006;

Que la Resolucion CREG 049 de 2006 suspendio el plazo para la exigencia de las mediciones de la Calidad de la Potencia Electrica "mientras la Comision adelanta la revision de la validez de las razones expuestas por los agentes, en cuanto a los requerimientos tecnicos para la entrada en operacion del sistema de medicion y registro de la calidad de la potencia. De acuerdo con los resultados de la revision, la Comision definira mediante resolucion posterior la fecha y las condiciones para el efectivo cumplimiento de tales mediciones y los reportes que deben hacer las empresas;

Mientras se define la fecha y las condiciones señaladas en este articulo, se adelantara un plan piloto de recoleccion de datos y de reporte de valores con la informacion que tengan disponible las empresas, teniendo en cuenta lo previsto en los articulos 5° y 6° de la Resolucion CREG-024 de 2005, modificados por la Resolucion CREG 110 de 2005";

Que la Comision llevo a cabo una reunion el 25 de octubre de 2006, a la que se invito a las diferentes empresas de servicios publicos, usuarios y demas interesados, con el fin de conocer las dificultades encontradas en la implementacion del sistema de medicion y registro de la calidad de la potencia;

Que la Comision adelanto la revision de los requerimientos tecnicos para...

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