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¿Cuándo debe un contribuyente informar el cese de actividades y demás novedades en el impuesto de industria y comercio?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especializado en derecho tributario y financiero
Páginas106-106
Cartilla Impuesto de Industria, Comercio y Avisos ICA106
es de conceder al contribuyente un plazo máximo de un mes a la ocurrencia del hecho
imponible cual es el inicio de su actividad económica.
(050) ¿Existe alguna sanción por inscribirse extemporáneamente en el registro de
información tributaria del Municipio?.
Si, quienes estén obligados a inscribirse en el registro respectivo y lo hagan con
posterioridad al plazo establecido en cada caso, deberán liquidar y pagar una sanción
equivalente a un salario mínimo diario por cada mes o fracción de mes de atraso en la
inscripción, sin exceder de dos (2) salarios mensuales. ($15.000 y $31.000,
respectivamente, valores año 2008).
Cuando la inscripción se haga de oficio, se aplicará una sanción de tres (3) salarios mínimos
diarios por cada mes o fracción de mes de retardo en la inscripción. Si con ocasión del
emplazamiento el contribuyente opta por inscribirse voluntariamente, la sanción se reducirá
a la mitad. ($46.000, valor año 2008).
A la sanción aquí prevista no le aplica la sanción mínima. (Art. 316, Decreto 096 de 1996).
(051) ¿Cuándo debe un contribuyente informar el cese de actividades y demás
novedades en el impuesto de industria y comercio?.
Conforme con el artículo 283 del Estatuto Tributario Municipal, Los contribuyentes del
impuesto de industria y comercio, que cesen definitivamente las actividades sujetas a este
impuesto, deberán informarlo al registro municipal de industria y comercio dentro del
mes siguiente a dicha cesación. También estarán obligados a informar cualquier novedad
que afecte el registro de acuerdo con la reglamentación que establezca la Secretaría de
Hacienda. Mientras el contribuyente no informe el cese de actividades, estará obligado a
presentar las declaraciones tributarias correspondientes.
Por su parte el artículo 272 del Estatuto de Rentas Municipales, determina que los
responsables de impuestos municipales están en la obligación de comunicar cualquier
novedad que pueda afectar los registros de la Secretaría de Hacienda, dentro de los treinta
(30) días siguientes a la ocurrencia de dicha novedad
(052) ¿Quiénes deben presentar la declaración del impuesto de industria y comercio?.
El Artículo 56 del Decreto 096 de 1966, establece que están obligados a presentar la
declaración única del impuesto de industria y comercio por cada periodo gravable, Toda
persona natural o jurídica o sociedad de hecho que realice actividad de industria, comercio,
o de servicios en la jurisdicción del municipio de Neiva, en esta declaración deben aparecer
todas las actividades que realicen así sean ejercidas en uno o varios locales u oficinas.

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