Cuarto estudio: Libertad e imputación. La teoría de la actio libera in causa en la Ley 599 de 2000 ? Cláusulas de imputación extraordinaria - Capítulo II - Ensayos sobre libertad, control de convencionalidad y justicia transicional en los "Acuerdos de La Habana" - Libros y Revistas - VLEX 950582418

Cuarto estudio: Libertad e imputación. La teoría de la actio libera in causa en la Ley 599 de 2000 ? Cláusulas de imputación extraordinaria

AutorJuan Camilo Doncel Restrepo, Juan Carlos Gómez Nieto, Paula Clareth Cuéllar Hernández, Raúl Fernando García Paredes y Sergio Andrés Céspedes Mora
Cargo del AutorAbogados candidatos a magíster por la Universidad Externado de Colombia
Páginas287-328
juan camilo doncel restrepo, juan carlos gmez nieto,
paula clareth cullar hernndez, ral fernando garca
paredes y sergio andrs cspedes mora*
Cuarto estudio
Libertad e imputación. La teoría de la actio libera in causa en
la Ley 599de 2000 – Cláusulas de imputación extraordinaria
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No solamente pueden ser imputados aquellos sucesos respecto a los cuales esté a nues-
tro alcance en el momento presente el que acontezcan o no, sino también aquellos
cuya producción estuvo en un momento anterior en nuestro radio de acción en caso
de que hayamos perdido esa posibilidad por nuestra propia culpa1.
introduccin
La pregunta de si la responsabilidad penal debe descansar en la libertad del
hombre ha sido una problemática que ha acompañado a la ciencia del derecho
penal desde sus primeras concepciones. No es, por tanto, intrascendente el
debate presentado en Italia entre las escuelas clásica y positivista en cuanto a
la existencia del libre albedrío y de las implicaciones que este tenía a la hora
de abordar las temáticas relativas al delito y a la pena.
Recordemos entonces que, según Francesco Carrara, como bien lo ex-
presa en las primeras líneas de su programa de derecho criminal, la libertad
se asume como un axioma que no necesita una comprobación empírica por
su parte, en razón a que la libertad es un principio que deriva de cuestiones
iusnaturalistas de orden racional y teológico; mientras que, por otro lado, su
discípulo más adelantado, Enrico Ferri, optó por mutar del método propio
de la escuela clásica para adoptar el positivista, por medio del cual arribó a
la conclusión de que “el hombre no es libre sino que es el resultado de una
multiplicidad de causas que condicionan su comportamiento”, motivo por el
cual el derecho penal debía buscar el fundamento del delito y de la pena en
esas causas que los autores partidarios de esta última escuela se dedicaron a
estudiar, describir e incluso cuantif‌icar.
De esta forma, puede observarse la clásica disputa entre los indeterministas
y los deterministas, esto es, aquellos que son partidarios de la existencia del
libre albedrío y aquellos que niegan la existencia de este. Sin que esta discu-
sión haya sido resuelta hasta la fecha, lo cierto es que la cultura de Occidente
edif‌ica su tradición en la existencia de la libertad del hombre y por ende del
libre albedrío, lo que tiene trascendencia especial en el ámbito de la respon-
sabilidad penal.
* Abogados candidatos a magíster por la Universidad Externado de Colombia.
1 samuel pufendorf citado por joachim hruschka en La imputación ordinaria y extraor-
dinaria en Pufendorf. Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 2006, p. 9.

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