Resolución número 0659 de 2013, por la cual se asignan cuatrocientos treinta (430) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en los municipios de Fusagasugá, Nemocóny Pacho en el departamento de Cundinamarca - 20 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 470478110

Resolución número 0659 de 2013, por la cual se asignan cuatrocientos treinta (430) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en los municipios de Fusagasugá, Nemocóny Pacho en el departamento de Cundinamarca

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín48949

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 17 del Decreto número 1921 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones";

Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda" , cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda";

Que en el artículo 12 de la referida ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional;

Que en el artículo 17 del Decreto número 1921 de 2012 se establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS);

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) celebró con Fiduciaria Bogotá el Contrato de Fiducia Mercantil número 302 de 2012, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita, por medio del cual se realizará la administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y el Decreto número 1921 de 2012 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Autónomo Matriz (PAM);

Que mediante Resolución número 0332 del 11 de junio de 2013, el Fondo Nacional de Vivienda, fijó fechas de apertura y cierre de la convocatoria para la postulación de hogares al subsidio familiar de vivienda en especie, para 18 proyectos, entre los que se encuentra "La Palmita" del municipio de Pacho en el departamento de Cundinamarca;

Que mediante Resolución número 0347 del 18 de junio de 2013, el Fondo Nacional de Vivienda, fijó fechas de apertura y cierre de la convocatoria para la postulación de hogares al subsidio familiar de vivienda en especie, para 8 proyectos, entre los que se encuentran "Urbanización Bosques de Oriente" en el municipio de Fusagasugá y "Valle de las Condalias" en el municipio de Nemocón en el departamento de Cundinamarca;

Que en cumplimiento de lo establecido en el Otrosí número 1 del Contrato de Encargo de Gestión número 0241 de 2012 suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar (CAVIS UT), se realizó la

entrega de las postulaciones para el proyecto La Palmita del municipio de Pacho, mediante Acta Cavis UT 3477-2013 y para los Proyectos Urbanización Bosques de Oriente del municipio de Fusagasugá y Valle de las Condalias del municipio de Nemocón, mediante Acta Cavis UT 3584-2013, cuya captura realizaron las Cajas de Compensación Familiar Colsubsidio, Cafam, Comfacundi y Compensar, en el software en línea dispuesto por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - Fonvivienda, para tal fin;

Que el contratista del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargado de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, mediante correo electrónico del día

25 de julio de 2013;

Que el citado proceso contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones y cruces, según correo electrónico del 25 de julio de 2013, emitido por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, que lo realizó;

Que en cumplimiento del artículo 15 del Decreto número 1921 de 2012, Fonvivienda hizo entrega al DPS del listado de hogares postulantes que cumplen y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 26 de julio de 2013, radicada con el número 7220-E2-70750;

Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social en cumplimiento de lo establecido en los artículos 15 y 16 del Decreto número 1921 de 2012, expidió la Resolución número 00747 del 14 de agosto de 2013, mediante la cual define el listado definitivo de hogares beneficiarios para los Proyectos Urbanización Bosques de Oriente del municipio de Fusagasugá, Valle de las Condalias del municipio de Nemocón y La Palmita del municipio de Pacho, en el departamento de Cundinamarca;

Que de acuerdo con el informe de evaluación de los proyectos ofertados por los proponentes remitido por Findeter a Fidubogotá, y de las propuestas económicas respectivas, así como las promesas de compraventa suscritas entre cada oferente y Fidubogotá, el valor de las viviendas es el siguiente: Urbanización Bosques de Oriente en Fusagasugá, 62 smlmv; Valle de las Condalias en Nemocón, 64 smlmv y La Palmita en Pacho, 64 smlmv;

Que el valor total de recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, destinados a la solución de vivienda de hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el Decreto número 1921 de 2012, asciende a la suma de quince mil trescientos veintiséis millones quinientos sesenta mil setecientos cincuenta pesos ($15.326.560.750) moneda corriente, detallados así: Urbanización Bosques de Oriente en Fusagasugá $10.459.648.750; Valle de las Condalias en Nemocón $3.772.800.000 y La Palmita en Pacho-Cundinamarca $1.094.112.000;

Que cumpliendo lo estipulado en los artículos , y de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo a las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso-Programa de Vivienda Gratuita;

Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignación de subsidio familiar de vivienda en especie, son beneficiarios, aquellos hogares que se encuentran incluidos en la Resolución número 00747 del 14 de agosto de 2013 expedida por el DPS que tienen asignación directa, quedaron en los primeros renglones de priorización y cumplieron con los requisitos establecidos en el Decreto número 1921 de 2012;

Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 12 del citado decreto, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares postulantes y beneficiarios;

Que de conformidad con el artículo 25 del Decreto número 1921 de 2012, treinta y siete (37) hogares fueron beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en dinero, asignado por Fonvivienda con anterioridad a la expedición de la Ley 1537 de 2012, que no habían realizado el proceso de cobro antes de la postulación, y que resultaron beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie, deberán aportar el subsidio asignado en dinero, al patrimonio autónomo que le indique la entidad otorgante;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º

Asignar cuatrocientos treinta (430) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie - SFVE a hogares que cumplieron requisitos y se encuentran en la Resolución número 00747 del 14 de agosto de 2013 expedida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), para los proyectos Urbanización Bosques de Oriente en el municipio de Fusagasugá, Valle de las Condalias en el municipio de Nemocón y La Palmita en el municipio de Pacho, departamento de Cundinamarca, encabezados por las personas que se relacionan a continuación:

Departamento: Cundinamarca Municipio: Fusagasugá Proyecto: Urbanización Bosques de Oriente

CÉDULA NOMBRES APELLIDOS PROYECTO
1 65799635 ALEXANDRA MEDINA TOVAR URBANIZACIÓN BOSQUES DE ORIENTE
2
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