Resolución número 001 de 2014, por la cual se culmina una Actuación Administrativa en que se ordena el cierre de un folio, Matrícula Inmobiliaria 260-270693. Expediente 2012-260-AA-010 - 11 de Marzo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 497092526

Resolución número 001 de 2014, por la cual se culmina una Actuación Administrativa en que se ordena el cierre de un folio, Matrícula Inmobiliaria 260-270693. Expediente 2012-260-AA-010

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos Círculo de San José de Cúcuta
Número de Boletín49089

El Registrador Principal encargado de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cúcuta, en uso de sus facultades constitucionales, legales, complementarias y en especial las que le confiere el artículo 60 de la Ley 1579 de 2012, Decreto 2163 de 2011 y Ley 1437 de 2011, Código de lo Contencioso y de Procedimiento Administrativo, mediante la presente resolución culmina una actuación administrativa.

CONSIDERANDO:

Que mediante Auto de 24 de octubre de 2012 se dio inicio a la Actuación Administrativa distinguida con el número 2012-260-AA-010, tendiente a establecer la real situación jurídica de la matrícula inmobiliaria 260-270693.

Que en virtud de la apertura de la Actuación Administrativa 2012-260-AA-010, se vincularon las matrículas inmobiliarias número 260-64, 260-4669, 260-106821,

260-106822, 260-250602 y 260-270693, motivo por el cual se solicitó a la Oficina de Divulgación de la Superintendencia de Notariado y Registro la correspondiente publicación en el Diario Oficial, correspondiéndole el número 48.650 de 20 de diciembre de 2012, mediante esta publicación, así como la que se fijó por Aviso se notificó a Blanca Esther Bustos Márquez, Liliana Del Pilar Gómez Gómez, Maira Alejandra Gómez Tami, Paola Andrea Gómez Gómez, José Yair Gómez Mora, Camilo Andrés Gómez Ramírez, Meggen Elisa Quilaguy Fajardo, Carlos Julio Gélvez Buitrago, Pablo Emilio García Camacho, Carlos Fernando Ramírez Romero, Frank Leonardo Sandoval Chávez, Nelly Castellanos, Yamile Abrajim De Pérez, Abraham Abrajim Rodríguez, Instituto Geográfico Agustín Codazzi".

Personalmente se notificó la señora Yamile Abrajim De Pérez.

Surtidas las notificaciones se ofició al Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" para que certificara sobre el Código Catastral del predio Canoítas.

Que en respuesta a la solicitud el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" se pronunció a través del oficio número 6016 de fecha 10 de diciembre de 2012, radicado en esta oficina cori el número 2602012EE06949, en el cual indicó que el predio denominado Finca Las Canoítas no se encuentra registrado en la base de datos catastral.

Que revisados los documentos con los cuales el usuario calificador, Código 3373, elaboro la hoja de ruta de la matrícula a la cual se le asignó el número 260-270693, se estableció que la escritura 063 de 6 de febrero de 1893 de la Notaría Segunda de Cúcuta, no reúne los requisitos del artículo 31 del Decreto-ley 960 de 1970, en cuanto a describir los linderos y la cabida del predio, como tampoco reúne los requisitos del artículo 52 del Decreto 1250 de 1970, en cuanto a citar con claridad la procedencia del dominio o del derecho respectivo, mediante...

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