Acta única de cierre de liquidación de 2008, octubre 21, por medio de la cual se declara culminado el proceso liquidatorio y la terminación de la existencia legal del Instituto Departamental de Salud de Arauca en Liquidación - 22 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43951900

Acta única de cierre de liquidación de 2008, octubre 21, por medio de la cual se declara culminado el proceso liquidatorio y la terminación de la existencia legal del Instituto Departamental de Salud de Arauca en Liquidación

EmisorVarios - Instituto Departamental de Salud de Arauca en Liquidación
Número de Boletín47150

La Liquidadora del Instituto Departamental de Salud de Arauca en Liquidación, en uso de sus facultades legales, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto Departamental 332 de 2005, en concordancia con el artículo 53 del Decreto 2211 de 2004 y artículo 38 del Decreto-ley 254 de 2000, CONSIDERANDO: Que mediante la Ordenanza número 024 de 1996, modificada por la Ordenanza 02E de 1997 se creó el Instituto Departamental de Salud de Arauca- Idesa, como un establecimiento público descentralizado del orden departamental el cual asume la Dirección seccional de Salud del departamento de Arauca;

Que mediante Decreto número 332 del 18 de julio de 2005, el Gobierno Departamental ordenó la supresión y liquidación del Instituto Departamental de Salud de Arauca- Idesa, Establecimiento público descentralizado del orden departamental, con personería jurídica, autonomía administrativa, presupuestal y patrimonio propio e independiente;

Que en el artículo 6° del Decreto número 332 del 18 de julio de 2005, se indica que en los aspectos no contemplados se aplicará lo previsto en el Estatuto Orgánico del sistema financiero, Decreto 2211 de 2004 en cuanto sean compatibles con la naturaleza de la entidad en liquidación;

Que de conformidad con los parágrafos 1° y 2° del artículo 1° de la Ley 1105 dispone que las entidades territoriales y sus descentralizadas, cuando decidan suprimir o disolver y liquidar una entidad pública de dicho nivel, se regirán por las disposiciones de esta ley, adaptando su procedimiento a la organización y condiciones de cada una de ellas, de ser necesario, en el acto que ordene la liquidación, y que aquellas entidades de orden territorial que se encuentren en proceso de liquidación a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, podrán acogerse en lo pertinente;

Que el Gobierno Departamental, mediante Acuerdo 015 del 11 de febrero de 2008, designó como Liquidadora a la doctora Norma Constanza Rivas;

Que con el fin de que el departamento del Arauca, pueda cumplir con el mandato constitucional y legal de garantizar la continuidad en la dirección, coordinación, vigilancia del sector salud - el Sistema General de Seguridad Social en Salud;

e igualmente, garantizar la prestación de los servicios de salud, que estaban a cargo del Instituto Departamental de Salud de Arauca-, dispuso que la entidad en liquidación celebraría los contratos o convenios que se requirieran y reasignaría las funciones de dirección, coordinación y...

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