Los que cumplen con precios de transferencia - 25 de Mayo de 2015 - El Tiempo - Noticias - VLEX 570905842

Los que cumplen con precios de transferencia

Para responder la inquietud, en primer lugar, es preciso evaluar si el contribuyente del impuesto sobre la renta llevó a cabo transacciones con entidades que puedan ser consideradas como vinculados económicos localizados en el exterior de acuerdo con los criterios de vinculación económica que para estos efectos se encuentran consagrados en el Artículo 260 - 1 del Estatuto Tributario. En efecto dicha disposición establece los eventos de vinculación para los casos de las subordinadas, las sucursales, respecto de sus oficinas principales, las agencias, respecto de las sociedades a las que pertenezcan, los establecimientos permanentes, respecto de la empresa cuya actividad realizan en todo o en parte y otros casos de Vinculación Económica. Si la respuesta a la anterior pregunta es positiva, se debe proceder a evaluar lo siguiente: - El Artículo 260-5 del Estatuto Tributario, junto con el Artículo 2 del Decreto Reglamentario 3030 de 2013, establecen que estarán sujetos a preparar y enviar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia, relativa a las operaciones celebradas con sus entidades vinculadas del exterior, los contribuyentes cuyo patrimonio bruto sea igual o mayor al equivalente a 100.000 UVT, esto es, $ 2.748.500.000 (UVT para el año 2014) o cuyos ingresos brutos sean iguales o mayores a 61.000 UVT ($ 1.676.585.000). - Adicionalmente, el contribuyente estará sujeto a cumplir con la preparación y presentación de la Documentación Comprobatoria de Precios de Transferencia, toda vez que la suma de la totalidad de las operaciones llevadas a cabo con residentes o domiciliados en el exterior sean iguales o superiores a las 61.000 UVT ($1.676.585.000), y de manera individual las operaciones que sean iguales o...

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