AUTO DTP NUMERO 0318 DE 2008 , (junio 10) , por medio del cual se admite y se aboca conocimiento del trámite para autorización de ocupación de cauce promovida por la Unión Temporal Puerto Caicedo con NIT. 900.191.526-5 a través de su representante legal Carlos José Escobar Quintero, identificado con cédula de ciudadanía número 1 7135225 expedida en Bogotá (Cun dinamarca) para el proyecto Construcción de Puentes y Pontones: Oroyacos I-II, Canangucho , Uchupayaco , Rarayaco I y Rarayaco II, en el municipio de Villagarzón , departamento del Putumayo .
Emisor | Corporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía |
Número de Boletín | 47162 |
El Director de la Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, Corpoamazonia , en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, artículo 31, numerales 2, 9 y 12 artículos 35 y 49, Resolución 655 de 1996, Ley 344 de 1996, Decreto 01 de 1984, Decreto 1220 del 19 de abril de 2005, Acuerdo 002 de 2005, CONSIDERANDO: Que el día 9 de junio de 2008, se recibió en la Unidad Operativa Piedemonte Amazónico de la Territorial Putumayo de Corpomazonia , solicitud del trámite de autorización de ocupación de cauce promovida por la Unión Temporal Puerto Caicedo con NIT. 900.191.526-5 a través de su representante legal Carlos José Escobar Quintero, identifi cado con cédula de ciudadanía número 17135225 expedida en Bogotá (Cundinamarca) para el proyecto Construcción de Puentes y Pontones, para el proyecto mejoramiento y pavimentación de la carretera Santana-Mocoa, Sector Puerto Umbría- Villagarzón ruta 45 tramo 45-2 módulo 2: Oroyaco I, Canagucho , Ucupayaco , Rarayaco I y Rayaco II, en el municipio de Villagarzón , departamento del Putumayo;
Que el Contrato de Obra número 3379 de 2007, suscrito entre el Instituto Nacional de Vías, Invías , y la Unión Temporal Puerto Caicedo con NIT. 900.191.526-5 a través de su representante legal Carlos José Escobar Quintero, identificado con cédula de ciudadanía número 17135225 expedida en Bogotá (en su cláusula 2 a , parágrafo 3 o , establece: Le corresponde al contratista pagar las contribuciones, tasas, derechos, tarifas y multas establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven;
Que con base en lo anterior la Dirección Territorial Putumayo de Corpoamazonia , acepta que sea el contratista, que para este caso es la Unión Temporal Puerto Caicedo con NIT. 900.191.526-5 a través de su representante legal Carlos José Escobar Quin tero, identificado con cédula de ciudadanía número 17135225 expedida en Bogotá (Cundinamarca) quien tramite la presente solicitud de ocupación de cauce;
Que para la solicitud del trámite correspondiente el interesado anexa a los Formularios Únicos Nacionales la copia en medio magnético de los diseños para la construcción de las obras (un CD);
Que de acuerdo a la revisión de la información del Formato Ú...
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