El debate de Uber, Beat, Didi y las licencias llega a la Corte - 8 de Septiembre de 2019 - El Tiempo - Noticias - VLEX 810995325

El debate de Uber, Beat, Didi y las licencias llega a la Corte

MILENA SARRALDE DUQUE - SUBEDITORA DE JUSTICIA @MSarraldeLos comparendos e inmovilizaciones de vehículos, que han crecido en los últimos cinco años para los servicios de transporte privado no autorizados, no son las únicas sanciones que preocupan a los conductores que trabajan en esas aplicaciones móviles, empresas que, aunque tienen más de 100.000 afiliados, no han sido reguladas. En el último año y medio, las autoridades de tránsito les suspendieron su licencia a más de 5.000 ciudadanos que trabajaban en plataformas como Uber, Beat o Didi. Esas sanciones, según aseguró el Ministerio de Transporte, son válidas y así lo reiteró en diciembre cuando, en una circular, dijo que el Código de Tránsito permite quitarle a un conductor su licencia hasta por 25 años. Así le pasó hace 8 meses a un conductor, a quien por reincidir conduciendo con Uber le quitaron su permiso hasta el 2043. Con el Código de Tránsito y la circular del Mintransporte, las autoridades hoy pueden suspender la licencia de conducción por "prestar un servicio público de transporte con vehículos particulares", y cancelar la licencia hasta por 25 años cuando hay reincidencia, agravante que se creó en el 2013 especialmente para los conductores en estado de embriaguez. Pero, ¿es proporcional sancionar a conductores de estas aplicaciones por el mismo tiempo que a una persona que conduce ebria? Ese es el debate que está evaluando la Corte Constitucional, que podría tomar una decisión en los próximos días. La Corte comenzó a evaluar este tema porque en enero recibió una demanda de Guillermo Otálora Lozano, quien pide tumbar parcialmente el artículo 26 del Código de Tránsito del 2002, que permite la suspensión de licencias. En su demanda, Otálora asegura que la ley viola el debido proceso porque extendió a todo tipo de conductas -que no son igual de graves-, una sanción que, según él, se creó solo para los conductores borrachos. Por eso le pidió a la Corte que mientras el Congreso no tome cartas en el asunto para graduar las sanciones a conductores de servicios privados no autorizados, sus licencias no puedan ser suspendidas por más de tres meses. El cruce de posiciones El Ministerio de Transporte le dijo a la Corte que la norma debe mantenerse y que el Estado tiene la facultad de regular el servicio de transporte público y privado, que solo puede ser prestado por "personas naturales o jurídicas legalmente constituidas y autorizadas para tal fin", requisito que a su juicio no cumplen...

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