¿Quiénes deben inscribirse en el Registro de Industria y Comercio? - Generales del impuesto (Régimen comun) - Impuesto de industria comercio y avisos - Cartilla impuesto de industria y comercio ICA Medellin 2011 - Libros y Revistas - VLEX 455323054

¿Quiénes deben inscribirse en el Registro de Industria y Comercio?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especializado en derecho tributario y financiero
Páginas131-132
Preguntas y Respuestas 131
(053) ¿Quiénes deben presentar la declaración del Impuesto de Industria y
Comercio?.
Los contribuyentes gravados con el impuesto de Industria y Comercio y de Avisos y Tableros,
que estén obligados a declarar, deberán presentar anualmente ante la Subsecretaría de Rentas
Municipales, la declaración y liquidación privada correspondiente a los ingresos brutos
del año inmediatamente anterior dentro de los cuatro (4) primeros meses del año, sin que
exceda el último día hábil del mes de Abril.
Se exceptúan de esta obligación sólo aquellos contribuyentes que pertenezcan al régimen
simplificado.
Para efectos de la liquidación y cancelación del impuesto de industria y comercio se calcula
con base en los ingresos brutos obtenidos en el periodo gravable, menos los valores
deducibles o excluidos.
El pago del impuesto de Industria y Comercio se hace en forma mensual durante cada
período gravable. El valor de este impuesto se calcula inicialmente con base en el promedio
estimado por el contribuyente o por la administración en la matrícula en forma provisional,
valor que se ajustará con la declaración privada o cuando la administración determine el
impuesto por el período mediante una liquidación oficial.
Para el segundo período y siguientes, el impuesto se liquidará con el valor mensual definido
para el año anterior mas el incremento del IPC hasta tanto se presente la declaración
correspondiente o se practique liquidación oficial.
Si por cualquier motivo el registro del contribuyente se debe cancelar, deberá pagar el
impuesto pendiente de pago, además del impuesto generado por la fracción de año
transcurrido hasta la fecha de cierre.
El valor mínimo mensual que se facturará por concepto del impuesto de Industria y Comercio
será equivalente a (1) un salario mínimo diario legal vigente para el año en el cual se está
facturando, aproximando este valor a la cifra de mil más cercana.
Si una liquidación oficial practicada con base en información contable, arroja como
resultado un gravamen menor al tope mínimo, no se deberá cobrar tributo por ese
periodo.
(054) ¿Quiénes deben inscribirse en el Registro de Industria y Comercio?.
Los sujetos pasivos responsables de una actividad gravable con el impuesto de Industria y
Comercio, están obligados a registrarse ante la Administración Municipal dentro de los

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