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De la declaración de efecto ambiental

AutorJiménez Lozano, Álvaro
Páginas13-14
13
Decreto 2811 de diciembre 18 de 1974
Régimen Ambiental Colombiano
Decreto 2811 de
diciembre 18 de 1974
Ley 0099 de 1993 por la cual se crea el Ministerio del Medio
Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión
y conservación del medio ambiente y los recursos naturales
renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se
dictan otras disposiciones. Artículo 4º. Sistema Nacional Ambiental.
Nota: Véase Decreto 1323 de 2007 por el cual se crea el Sistema de
Información del Recurso Hídrico, SIRH. Decreto 1324 de 2007 por el
cual se crea el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico y se dictan
otras disposiciones.
Artículo 24. Los datos del sistema serán de libre consulta y deberán
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interés general.
TÍTULO V
DE LAS INVERSIONES FINANCIERAS ESTATALES EN
OBRAS Y TRABAJOS PÚBLICOS AMBIENTALES
Artículo 25. En el presupuesto nacional se incluirá anualmente
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programas o proyectos de preservación ambiental.
Ley 0099 de 1993 por la cual se crea el Ministerio del Medio
Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión
y conservación del medio ambiente y los recursos naturales
renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y
se dictan otras disposiciones. Artículo 87. Creación, naturaleza y
jurisdicción. Artículo 88. Objetivos. Artículo 89. Dirección y administración
del FONAM. Artículo 90. Recursos. Artículo 91. De los recursos para el
medio ambiente del fondo nacional de regalías.
Nota: Véase Decreto 4317 de 2004 por el cual se reglamenta el Fondo
Nacional Ambiental, FONAM.
Artículo 26. En el proyecto general de cualquier obra pública que
utilice o deteriore un recurso natural renovable o el ambiente, se
contemplará un programa que cubra totalmente los estudios, planos
y presupuesto con destino a la conservación y mejoramiento del
área afectada.
TÍTULO VI
DE LA DECLARACIÓN DE EFECTO AMBIENTAL
Artículo 27.
Nota: El artículo 27 fue derogado por el artículo 118 de la Ley 99 de
1993.

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