Declaraciones y garantías en compraventas de acciones: el ABC - Núm. 15, Julio 2014 - Artículos de Prietocarrizosa - Noticias - VLEX 521666135

Declaraciones y garantías en compraventas de acciones: el ABC

AutorCristina Rueda Londoño

Declaraciones y garantías en compraventas de acciones: el ABC

¿Qué pasa si usted compra acciones en una compañía y la información que usó al valorarla no es cierta? ¿O si aparece información que cambia el valor? Esperaría que el vendedor tuviera la obligación de indemnizarlo, ¿cierto? Sin embargo, esto depende. Depende de cuánto compró y de cómo fue el negocio . Para protegerse de ese depende, en se incluye una cláusula de “declaraciones y garantías” (representations and warranties).

  1. ¿Qué son las declaraciones y garantías?

    Son cláusulas donde el vendedor hace algunas declaraciones, dice que un hecho es cierto y se promete indemnizar al comprador si lo dicho no es cierto; es decir, da una garantía.

    Un vendedor puede decir que las acciones en venta son suyas, o ir más allá y decir que la información en los estados financieros es correcta y no existen obligaciones fuera de ellos.

  2. ¿Qué pasa si no se pacta esta cláusula?

    Si nada se pacta, la ley da dos derechos a los vendedores: recibir lo que se vende (las acciones) y que se lo saneen. El sanear busca que el comprador tenga el dominio y posesión pacífica de la cosa (que un tercero no trate de tomar control porque tenía un derecho sobre ella), y responder si no puede disfrutar de ella por defectos no evidentes, que no conoció antes. El primero es saneamiento por evicción; y el segundo, por vicios ocultos.

    Usted diría, claro, en el caso planteado estamos cubiertos: me dijo que las acciones eran suyas y resultó que no, así que estaría cubierto por evicción; o aparecieron obligaciones que no estaban en los estados financieros, por lo que podría hacer una reclamación de vicios ocultos.

    Usted tiene razón en el primer caso, pero es más difícil en el segundo. En una reciente sentencia, la Corte Suprema dijo que la obligación de vicios ocultos en una compraventa de acciones es solo para las acciones y no respecto de “la hacienda social o de la empresa”. Es decir, cubre las acciones, pero no temas que afecten a la empresa (como la situación financiera), a menos que el negocio no se trate solo de acciones sino del “dominio y control de la empresa y la sustitución de su posición en la sociedad con todos los derechos que ello implica”.

    Para evitar la duda de si usted como comprador está cubierto o no, tiene que negociar una cláusula de declaraciones y garantías.

  3. ¿Qué debe contener la cláusula?

    Este es un tema sin respuesta fácil, pues depende de muchos factores: de los antecedentes del negocio, de qué...

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