Decreto 010 de 2000, por el cual se deroga el Decreto 018 de 1999 (diciembre 31), se adoptan los resultados de la revisión general de la estratificación socioeconómica urbana, y se ordena su aplicación a las tarifas de los servicios públicos domiciliarios del municipio de Simijaca, departamento de Cundinamarca - 29 de Junio de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43138199

Decreto 010 de 2000, por el cual se deroga el Decreto 018 de 1999 (diciembre 31), se adoptan los resultados de la revisión general de la estratificación socioeconómica urbana, y se ordena su aplicación a las tarifas de los servicios públicos domiciliarios del municipio de Simijaca, departamento de Cundinamarca

EmisorVarios - Alcaldía Municipal de Simijaca
Número de Boletín44061

DIARIO OFICIAL 44.061 DECRETO 010 19/06/2000 por el cual se deroga el Decreto 018 de 1999 (diciembre 31), se adoptan los resultados de la revisión general de la estratificación socioeconómica urbana, y se ordena su aplicación a las tarifas de los servicios públicos domiciliarios del municipio de Simijaca, departamento de Cundinamarca. El Alcalde del Municipio de Simijaca, Cundinamarca, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 1° y 3° del artículo 315 de la Constitución Nacional, en la Ley 142, Régimen de servicios públicos domiciliarios de 1994 y en el Decreto 1538 de 1996, y CONSIDERANDO: 1. Que de conformidad con la Ley 142 de 1994, capítulo IV, artículos 101 y 102, el alcalde municipal realizó la estratificación socioeconómica de la cabecera municipal del municipio de Simijaca y sus resultados fueron adoptados mediante el Decreto número 018 del mes de enero de 1995. 2. Que según el Decreto 1538 de 1996, artículo 10, cuando existan dudas sobre la correcta aplicación de las metodologías, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, previo concepto del Departamento Nacional de Planeación, ordenará al alcalde la revisión general de las estratificaciones en un plazo determinado. 3. Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante su Oficio UDS-ESE número 144 de fecha marzo 3 de 2000 emite concepto técnico de la estratificación socioeconómica adoptada mediante el Decreto 018 del 31 de diciembre de 1999 y La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios mediante su Resolución 2659 del 5 de abril del mismo año, ordena la revisión general de la estratificación socioeconómica urbana del municipio de Simijaca adoptada mediante el decreto en mención. 4. Que según el parágrafo del artículo 11 del Decreto 1538 de 1996, el alcalde podrá dejar sin efectos los decretos de adopción de las estratificaciones y únicamente cuando se haya ordenado su revisión general. 5. Que realizada de nuevo la estratificación socioeconómica, el comité permanente de estratificación mediante acta del 15 de junio de 2000 dio concepto favorable a los resultados. 6. Que según el artículo 101.4, en cada municipio existirá una sola estratificación de inmuebles residenciales, aplicable a cada una de los servicios públicos y realizada con la metodología suministrada por el Departamento Nacional de Planeación. 7. Que las comisiones reguladoras de los servicios públicos han definido la gradualidad de las...

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