DECRETO 023 RD 5998 - 18 de Enero de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 692493465

DECRETO 023 RD 5998

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5998 18 ENERO 2017
EmisorAlcaldia Mayor
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5998 • pP. 1-7 • 2017 • ENERO 18
Decreto Número 023
(Enero 18 de 2017)
“Por medio del cual se fija el incremento salarial
para los empleados públicos de la Contraloría
de Bogotá, D.C.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades constitucionales y le-
gales, en especial las conferidas por los numera-
y 9° del artículo 38 del Decreto 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno Distrital jar los emolu-
mentos de los empleados públicos de la Contraloría
de Bogotá, D.C., con sujeción al límite máximo salarial
jado por el Gobierno Nacional, en desarrollo de la
competencia que le fue asignada por el parágrafo del
artículo 12 de la Ley 4ª de 1992, tal como lo ha reco-
nocido la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo
de Estado, en Concepto radicado bajo el número 924
de fecha 23 de enero de 1997.
Que el Concejo de Bogotá, D.C., adoptó la escala
salarial de los diferentes empleos de la Contraloría
de Bogotá, D.C., mediante el Acuerdo Distrital 519
de 2012.
Que mediante el Acta de Acuerdo Laboral suscrita el
15 de junio de 2016, entre la Administración de Bogotá,
D. C., y las Organizaciones Sindicales, se concertó
para el año 2017, el ajuste de la asignación básica de
los Empleados Públicos de la Administración Central,
de los Establecimientos Públicos, de las Unidades
Administrativas Especiales con personería jurídica, de
las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital,
de la Veeduría, Contraloría y Personería Distritales, y
del Concejo de Bogotá, así: “ 3.1. La Administración
Distrital incrementará a los Empleados Públicos del
Distrito Capital contemplados en el campo de aplica-
ción del presente acuerdo, para la vigencia de 2017 un
valor equivalente al Indice de Precios al Consumidor
(IPC), causado en el año 2016 más 1.4% adicionales.
Este aumento se pagará a partir del primero de Enero
de 2017. (…)”.
Que el Gobierno Distrital conforme con lo pactado en
el referido Acuerdo Laboral del 15 de junio de 2016,
aplicará para el incremento salarial, la propuesta
correspondiente a la inación (IPC) del año 2016,
más uno punto cuatro por ciento (1.4 %) con efectos
scales al primero (1º) de enero del año 2017, sin que
se supere el límite máximo salarial que para el efecto
establezca el Ejecutivo Nacional.
Que en el incremento se tienen en cuenta los pará-
metros denidos en los pronunciamientos de la Corte
Constitucional, así como la cifra de inación certica-
da por el DANE que se encuentra en 5.75% para la
vigencia 2016. Por tanto el incremento corresponde a
7.15 % para el año 2017.
Que considerando que a la fecha el Gobierno Nacio-
nal no ha jado los límites máximos salariales para
los empleados públicos de las entidades territoriales,
correspondientes al año 2017, y con el propósito de
no exceder los mismos en la denición del incremento
salarial, se aplicará el límite máximo dispuesto en el
Decreto Nacional No 225 de 2016; una vez el Gobierno
Nacional lo decrete, se efectuarán los ajustes por parte
de los organismos que correspondan en las respectivas
asignaciones básicas sin que se exceda dicho límite.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se deberá efectuar
el ajuste a las asignaciones básicas con porcentajes
inferiores cuando sobrepasen los límites máximos
salariales determinados por el Gobierno Nacional para
cada nivel jerárquico.
Que el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de
Gastos e Inversión de Bogotá, Distrito Capital, para la
vigencia scal 2017 aprobado mediante el cual Acuer-
do No. 657 de 2016 y liquidado a través del Decreto
Distrital No 627 de 2016, contiene las apropiaciones
necesarias para atender el pago de las sumas deriva-
das de la aplicación del presente Decreto.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Campo de Aplicación. El incremento
salarial que por el presente Decreto se ja, es apli-
cable a los empleados públicos de la Contraloría de
Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 2º.- Incremento Asignaciones Básicas.
A partir del 1º de enero de 2017, las asignaciones
básicas mensuales de los empleados públicos de la
Contraloría de Bogotá, D.C., serán ajustadas a la cifra
de inación certicada por el DANE que se encuentra
en cinco punto setenta cinco por ciento (5.75 %) para
la vigencia 2016, más un incremento del uno punto
cuatro por ciento (1.4 %), para un total de siete punto
quince por ciento (7.15 %); siempre que dicha asigna-
ción no supere los límites máximos establecidos en el
Decreto Nacional No 225 de 2016, evento en el cual
el porcentaje de incremento podrá ser inferior al 7.15
% y se ajustará proporcionalmente.
La escala salarial quedará así:

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