Decreto 0294 de 5 de Marzo de 2024 de Presidencia de la República - Normativa - VLEX 1028587332

Decreto 0294 de 5 de Marzo de 2024 de Presidencia de la República

.
.,
..
.
PRV::SIDENCIA
DE
LA
R~PÚ8UCA
.
SECRETARIA
JURIDICA
\
REPUBLlCA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
DE
LA
FUNCiÓN PÚBLICA
..
(·5
MAR
2Q24
Por el cual
se
fijan las escalas de asignaciones básicas de
la
Registraduría Nacional del
Estado Civil y
se
dictan otras disposiciones.
G
El
PRESIDENTE-,QE
lA
REPÚBLICA
DE
COLOMBIA,
en
desarrollo de las normas generales señaladas
en
la
Ley 4a de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que dentro de los términos establecidos
en
2015,
se
adelantó
en
el año
2023
la
negociación del pliego presentado por los representantes
de
las centrales y
federaciones sindicales de los empleados públicos, en el cual
se
acordó entre otros aspectos,
que para
el
año 2024
el
aumento salarial debe corresponder
al
incremento porcentual del IPC
total
en
2023 certificado por
el
DANE, más uno punto seis por ciento (1.6%), el cual debe regir
a partir del 10
de
enero del presente año.
Que
el
incremento porcentual del IPC total
de
2023 certificado por el DANE fue de nueve
punto veintiocho por ciento (9.28%),
en
consecuencia, los salarios y prestaciones
establecidos
en
el presente decreto se ajustarán
en
diez punto ochenta y ocho por ciento
(10.88%) para el año 2024, retroactivo a partir del 1
o de enero del presente año.
Que
en
mérito de lo anterior,
DECRETA:
ARTíCULO
1.
Asignaciones básicas. A partir del 10 de enero
de
2024, fíjanse las
siguientes escalas
de
asignaciones básicas mensuales para
los
empleos de
la
Registraduría
Nacional
del
Estado Civil:
GRADO DIRECTIVO ASESOR ASISTENCIAL I
1 8.122.119 7.282.175 74.160 2.396.498
2 8.906.159 8.502.702 3.429 2.569.856
8.973.956 4.572.572 2.751.750
11.602.106 9.745.704 4.815.582 2.953.056
12.404.329 5.170.546 3.134.374
14.309.755 9.156.278 5.435.221 3.847.294
7 16.556.388 9.666.490 5.699.899 4.290.648
8 17.861.508 10.176.701 4.770.257
9 5.319.974
Parágrafo
1.
En
las escalas
de
asignaciones básicas
de
que trata el presente artículo,
la
primera columna señala los grados que corresponden a las distintas denominaciones de
empleos,
la
segunda y siguientes determinan las asignaciones básicas mensuales para cada
grado y nivel.
Parágrafo
2.
Las
asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas
en
el presente
artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

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