Decreto 0306 de 5 de Marzo de 2024 de Presidencia de la República - Normativa - VLEX 1028587333

Decreto 0306 de 5 de Marzo de 2024 de Presidencia de la República

REPUBLlCA DE COL.OMBIA
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE
LA
FUNCiÓN PÚBLICA
DE
2024
(
MAR2@24
l
Por
el
cual se fijan las escalas
de
asignación básica de los empleos públicos de los empleados
civiles
no
uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, de sus entidades descentralizadas,
adscritas y vinculadas, las Fuerzas Militares y
la
Policía Nacional, y de los servidores públicos del
Departamento Administrativo de Seguridad -DAS -Suprimido, incorporados a
la
Policía Nacional.
El
PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA
DE
COLOMBIA
en
desarrollo de las normas generales señaladas
en
la
Ley 4a de 1992, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los términos establecidos
en
el Decreto 1072 de 2015, se adelantó
en
el año 2023
la
negociación del pliego presentado por los representantes de las centrales y federaciones
sindicales de los empleados públicos,
en
el cual se acordó entre otros aspectos, que para el año
2024
el
aumento salarial debe corresponder
al
incremento porcentual del IPC total
en
2023
certificado por el DANE, más uno punto seis por ciento (1.6%),
el
cual debe regir a partir del 10 de
enero del presente año.
Que el incremento porcentual del IPC total de 2023 certificado por el DANE fue de nueve punto
veintiocho por ciento (9.28%),
en
consecuencia, los salarios y prestaciones establecidos
en
el
presente decreto se ajustarán
en
diez punto ochenta y ocho por ciento (10.88%) para el año 2024,
retroactivo a partir del 10 de enero del presente año.
Que
en
mérito de lo anterior,
DECRETA
CAPíTULO I
Escalas de
asignación
básica de
los
empleos
públicos
de
los
empleados
civiles
no
uniformados
del
Ministerio
de Defensa Nacional, de
sus
entidades
descentralizadas,
adscritas
y
vinculadas,
las Fuerzas
Militares
y la
Policía
Nacional
Artículo
1. Campo
de
aplicación.
El
presente capítulo fija las escalas de remuneración de
los
empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, de
sus entidades descentralizadas, adscritas y vinculadas, las Fuerzas Militares y
la
Policía Nacional.
Artículo
2.
Asignaciones
básicas. A partir del 10 de enero de 2024, las asignaciones básicas
mensuales de las escalas de empleos de las entidades de que trata
el
artículo anterior serán las
siguientes:

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