DECRETO 033 RD 6240 - 23 de Enero de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 701527225

DECRETO 033 RD 6240

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6240 23 ENERO 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6240 • pP. 1-10 • 2018 • ENERO 23
10
GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL TÉCNICO ASISTENCIAL
20 3.607.100 2.590.507 2.139.470
21 3.697.473 2.590.607 2.210.267
22 3.802.295 2.590.707 2.249.131
23 3.823.325 2.296.795
24 3.834.570 2.314.319
25 3.931.492 2.367.588
26 4.108.745 2.430.515
27 4.143.562 2.430.663
28 4.220.633
29 4.387.739
30 4.753.688
31 4.790.354
32 5.850.128
PARÁGRAFO 1°.- Para las asignaciones básicas de
los niveles que trata el presente artículo, la primera
columna ja los grados salariales correspondientes a
las diferentes denominaciones de empleos, la segunda
y siguientes columnas comprenden las asignaciones
básicas mensuales para cada grado y nivel respectivo
a los empleos de carácter permanente y de tiempo
completo.
PARÁGRAFO 2º. La asignación Básica correspondien-
te al grado salarial 10 del Nivel Directivo se encuentra
dentro del límite señalado en el Decreto Nacional No
995 de 2017, artículo 8°; “(…) En todo caso, ningún
empleado público de las entidades territoriales podrá
devengar una remuneración total mensual superior a
la que corresponde por todo concepto al Gobernador
o Alcalde respectivo (…)”, en consecuencia, una vez
se expidan por el Gobierno Nacional los límites máxi-
mos salariales correspondientes al año 2018 para los
empleados públicos de las entidades territoriales, se
ajustará, sin exceder dicho límite.
Las Asignaciones Básicas señaladas en el presente
artículo, de los grados 18 al 22 del nivel técnico, co-
rresponden al límite señalado en el Decreto Nacional
No 995 de 2017, artículo 7°, en consecuencia, una
vez se expidan por el Gobierno Nacional los límites
máximos salariales correspondientes al año 2018 para
los empleados públicos de las entidades territoriales,
se ajustarán por parte de cada organismo con una
diferencia de cien ($100) pesos, entre cada grado
salarial, sin exceder dicho límite.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto rige a partir de
la fecha de su publicación y tendrá efectos scales a
partir del 1º de enero de 2018.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días
del mes de enero de dos mil dieciocho (2018).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ
Secretaria Distrital de Hacienda
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil
Decreto Número 033
(Enero 18 de 2018)
“Por medio del cual se fija el incremento salarial
para los empleados públicos de la Contraloría de
Bogotá, D.C.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales
y legales, en especial las conferidas en los
numerales 7 del artículo 315 de la Constitución
Política y 9 del artículo 38 del Decreto 1421 de
1993 y,
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno Distrital jar los emo-
lumentos de los empleados públicos de la Veeduría

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