DECRETO 106 RD 5558 - 20 de Marzo de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 570265918

DECRETO 106 RD 5558

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5558 20 MARZO 2015
EmisorALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
3
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5558 • pP. 1-3 • 2015 • MARZO 20
Decreto Número 106
(Marzo 19 de 2015)
“Por medio del cual se crean unos empleos tem-
porales en la planta de personal de la Secretaría
Distrital de la Mujer”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el
Numeral 9° del Artículo 38 del Decreto Ley 1421
de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 909 de 2004, reguladora del empleo públi-
co, la carrera administrativa y la gerencia pública, es
aplicable a los empleados que prestan sus servicios
en la administración del Distrito Capital.
Que el artículo 21 de la referida norma, señala que los
organismos y entidades de la administración pública
podrán contemplar de manera excepcional en sus
platas de personal empleos de carácter temporal o
transitorio, con el propósito de suplir necesidades de
personal por sobrecarga de trabajo y para el desarrollo
de programas o proyectos de duración determinada en
los procesos misionales y de apoyo.
Que el Acuerdo Distrital 489 de 2012, - Plan de Desa-
rrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públi-
cas para Bogotá D.C., 2012-2016 - Bogotá Humana,
cuenta con el “Programa Bogotá Humana con igualdad
de oportunidades y equidad de género para las muje-
res”, el cual tiene entre otros, como proyecto prioritario
la “Creación y puesta en operación de la Secretaría
Distrital de la Mujer.”, y que dispone en su inciso 2°
“Consolidar las casas de igualdad de oportunidades
para las mujeres, como espacios de empoderamiento
en las localidades. (...)”
Que a n de dar cumplimiento a lo anterior, en el Plan
Operativo Anual de Inversiones, para el Sector Admi-
nistrativo Mujeres, fue incluido el Proyecto de Inversión
“934: 20 Casas de Igualdad de Oportunidades para el
ejercicio de derechos de las mujeres en el D.C.”
Que la Secretaría Distrital de la Mujer, contempló la
creación de una planta con cien (100) empleos tem-
porales para garantizar la prestación de los servicios
institucionales, así como el logro de los objetivos y
metas contempladas en los planes institucionales y
programas como se relaciona en el inciso anterior.
Que con base en lo anterior, mediante ocio No. 2014-
E-2663 del 16 de diciembre de 2014, el Departamento
Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió con-
cepto técnico favorable para la creación de los citados
empleos, de conformidad con las facultades otorgadas
por el artículo 6° del Acuerdo Distrital 199 de 2005.
Que mediante ocio No. 2015EE20039 del 4 de febrero
de 2015, la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió la
correspondiente viabilidad presupuestal.
Que para los nes del presente Decreto existe la
apropiación como la disponibilidad presupuestal que
amparan el pago de los salarios y las prestaciones
sociales correspondientes.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. - Créanse en la planta de personal de
la Secretaría Distrital de la Mujer hasta el 30 de junio
de 2016, los siguientes empleos de carácter temporal:
DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO NUMERO DE
EMPLEOS
Profesional
Universitario
219 12 60
Profesional
Universitario
219 1 20
Auxiliar Administrativo 407 18 20
TOTAL EMPLEOS 100
PARÁGRAFO. El término de duración de los empleos
temporales deberá sujetarse a la disponibilidad pre-
supuestal.
ARTÍCULO 2º. - Los empleos de carácter temporal,
creados por el presente Decreto, deberán cumplir las
funciones que dieron lugar a su creación, de conformi-
dad con lo previsto en la Ley 909 de 2004 y su Decreto
Reglamentario 1227 de 2005, y las demás disposicio-
nes que les modiquen, adicionen o sustituyan.
ARTÍCULO 3º. - La provisión de los empleos de
carácter temporal se efectuará de conformidad con
lo preceptuado en los artículos 3° y 4° del Decreto
Reglamentario 1227 de 2005, y de acuerdo a las
disposiciones establecidas por la Sentencia C-288 de
mayo de 2014.
ARTÍCULO 4º. - Vigencia. El presente Decreto rige a
partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días
del mes de marzo de dos mil quince (2015).
GUSTAVO PETRO URREGO
Alcalde Mayor
MARTHA LUCÍA SÁNCHEZ SEGURA
Secretaria Distrital de la Mujer
CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA
Director del Departamento Administrativo
del Servicio Civil Distrital

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