Decreto 116 de 2004, por el cual se modifica el artículo 13 del Decreto 20 de 2001. - 22 de Enero de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43203456

Decreto 116 de 2004, por el cual se modifica el artículo 13 del Decreto 20 de 2001.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45438

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 52 de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 20 de 2001 se dispuso la disolución y liquidación del Banco Central Hipotecario, cuyo domicilio principal es la ciudad de Bogotá, D. C. (Cundinamarca);

Que el artículo 13 del Decreto 20 de 2001 modificado por el artículo 1° del Decreto 3215 de 2002 establece que el plazo para la liquidación del Banco Central Hipotecario será hasta el 31 de enero de 2004;

Que en razón al tamaño de la entidad y a las condiciones de la liquidación se hace necesario prorrogar el término del proceso liquidatorio,

DECRETA:

Artículo 1° El artículo 13 del Decreto 20 de 2001, modificado por el artículo 1° del Decreto 3215 de 2002, quedará así:

Artículo 13. El plazo para la liquidación de la entidad será hasta el 15 de enero de 2005.

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le resulten contrarias.

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