Decreto 1235 del 25 de Julio de 2023 de Presidencia de la República - Normativa - VLEX 942750048

Decreto 1235 del 25 de Julio de 2023 de Presidencia de la República

Fecha25 Julio 2023
Año2023
Número de Decreto1235
JI
FIRESIOENCIA
DE
LA
'-'EPÚBlICA
SECRETARIA
JURíDICA
REPUBLlCA
DE
COLOMBIA
Flevisó
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(
.)
MINISTERIO DEL INTERIOR
1
~1)~
DECRETO NÚMERO
_vv
DE
2023
25J
L2023
"Por el cual se modifican los artículos 2.4.1.2.11; 2.4.1.2.44 Y 2.4.1.2.46 del Capítulo
2,
Título
1,
Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1066
de
2015 "Único Reglamentario del Sector Administrativo del
Interior", en
lo
que hace referencia a los Programas
de
Prevención y Protección de los derechos
a
la
vida,
la libertad, la integridad y
la
seguridad de personas, grupos y comunidades"
EL
PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA
DE
COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere
el
numeral
11
del artículo 189 de la Constitución Política, en desarrollo de
la
Ley 418 de 1997,
modificada y prorrogada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006,
1421
de 2010,
1738 de 2014,
1941
de 2018 y 2272 de 2022, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política establece que Colombia es un Estado Social de Derecho organizado
en
forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales,
democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de
la
dignidad humana, en
el
trabajo
y
la
solidaridad de las personas que
la
integran y en
la
prevalencia del interés general.
Que
el
artículo segundo de
la
Constitución Política señala que "Las autoridades
de
la República
están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su
vida,
honra,
bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes
sociales del Estado y de los particulares".
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, consagra que
la
función administrativa
está
al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de
igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y
p~blicidad.
Que según
lo
dispuesto en el numeral 2 del artículo 2 del Decreto Ley 2893 de 2011, modificado
por los Decretos 1140 de
2018,2353
de 2019 y 1152 de 2022, le corresponde
al
Ministerio del
Interior: "Diseñar e implementar de conformidad con la ley las políticas públicas
de
protección,
promoción y respeto y garantía de los Derechos Humanos, en coordinación con las demás
entidades del Estado competentes, así como
la
prevención a las violaciones de estos y la
observancia al Derecho Internacional Humanitario, con un enfoque integral, diferencial y social y
de
género".
¡ Que con
la
expedición del Decreto Ley 4065 de 2011,
se
crea
la
Unidad Nacional de Protección
(UNP) como un organismo nacional de seguridad, que tiene como objetivo principal H
•••
articular,
coordinar y ejecutar
la
prestación del servicio de protección a quienes determine el Gobierno
Nacional que
por
virtud de sus actividades, prestación del servicio de protección a quienes
determine el Gobierno Nacional que
por
virtud
de
sus actividades, condiciones o situaciones
políticas, públicas, sociales, humanitarias, culturales, étnicas, de género, de su calidad de víctima
de la violencia, desplazado, activista de derechos humanos, se encuentren en situación de riesgo
extraordinario o extremo de sufrir daños contra su
vida,
integridad, libertad y seguridad personal
o en razón al ejercicio de un cargo público u otras actividades que pueden generar riesgo

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