Decreto 1301 del 25 de julio de 2022 de Presidencia de la República - Normativa - VLEX 913001496

Decreto 1301 del 25 de julio de 2022 de Presidencia de la República

Año2022
Número de Decreto1301
Fecha25 Julio 2022
REPÚBLICA
DE
COLOMBIA
Revisó
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V
Orden
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
DECRETO NÚMERO 1301
DE
2022
( )
Por el cual se hace un nombramiento en propiedad, de acuerdo con las disposiciones del
numeral
del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970, en
el
Círculo Notarial de Cali -Valle
del Cauca
y,
se designa
un
Notario
en
interinidad, en
el
Círculo Notarial de Palmira -Valle del
Cauca.
EL
PRESIDENTE DE
LA
REPÚBLICA
DE
COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere
el
artículo 5 del Decreto Ley 2163 de 1970, en concordancia con
el
artículo
2 de
la
Ley 588 de 2000
y,
CONSIDERANDO
Que según lo dispuesto en
el
artículo 5 del Decreto Ley 2163 de 1970 los notarios de primera
categoría serán nombrados por el Gobierno Nacional.
Que
el
artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 2015, establece que
el
retiro forzoso
de
un
notario es causal de falta absoluta.
Que
la
Notaría Dieciocho (18) del Círculo Notarial de Cali -Valle del Cauca quedó vacante por
el
retiro forzoso
de
su
titular,
el
señor Bernardo Vallejo Restrepo, efectuado por el Gobierno
Nacional mediante Decreto 357 del
11
de marzo
de
2022.
Que en cumplimiento de las disposiciones del numeral 8 del artículo 13 del Decreto 2723 de 2014,
la
Superintendente de Notariado y Registro,
el
16 de marzo de 2022 certificó
la
vacancia de
la
Notaría Dieciocho (18) del Círculo Notarial de Cali -Valle del Cauca, por generarse
la
falta
absoluta del Notario, bajo
la
causal descrita
en
el numeral 4 del artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto
1069 de 2015, esto es
el
retiro forzoso de su titular.
Que
de
conformidad con las disposiciones del numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de
1970, los notarios que han ingresado a la carrera notarial tienen, entre otras prerrogativas,
"preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro de
fa
misma circunscripción pofítico-
administrativa, otra Notaría de
la
misma categoría que se encuentre vacante
".
Que adelantado
el
trámite del derecho de preferencia de
que
trata
el
numeral 3 del artículo 178
del Decreto Ley 960
de
1970,
la
Secretaría Técnica del Consejo Superior de
la
Carrera Notarial
concluyó que, para proveer
la
vacante de
la
Notaría Dieciocho (18) del Círculo Notarial de Cali -
Valle del Cauca, "se debe nombrar al señor Hanz Peter Zarama Santa cruz, Notario Primero (1)
del Círculo Notarial
de
Palmira -Valle del Caucá", tal como consta en la certificación expedida
por la Secretaría Técnica el 9
de
mayo de 2022.
Que en este orden procede nombrar al señor Hanz Peter Zarama Santacruz, identificado con la
cédula de ciudadanía número 15.811.218 expedida en
La
Unión -Nariño, actual Notario Primero
I

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