Decreto 1355 de 2000, por el cual se modifica el artículo 5° del Decreto 2559 de 1997 - 25 de Julio de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43139443

Decreto 1355 de 2000, por el cual se modifica el artículo 5° del Decreto 2559 de 1997

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín44098

DIARIO OFICIAL 44.098 DECRETO 1355 12/07/2000 por el cual se modifica el artículo 5° del Decreto 2559 de 1997. El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las que le confieren los artículos 189, numeral 11 de la Constitución Política y el parágrafo del artículo 5° de la Ley 403 de 1997, CONSIDERANDO: Que la Ley 403 de 1997 creó el Certificado Electoral como plena prueba del cumplimiento del ciudadano del deber de votar, estableciendo estímulos para los sufragantes; Que el artículo 5° del Decreto 2559 de 1997, reglamentario, señala los requisitos mínimos que deben contener los certificados electorales; Que la lista de Sufragantes o Censo Electoral, documento de la mesa, contiene el departamento, municipio, corregimiento, inspección de policía o consulado, zona, puesto, mesa, la fecha de las elecciones y el número de cédula de ciudadanía; Que la mención del nombre del ciudadano con el certificado electoral puede facilitar la comisión de fraudes por los jurados en las mesas de votación, DECRETA: Artículo 1°. El certificado electoral no contendrá el nombre del ciudadano. Artículo 2°. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en...

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