Decreto 1371 de 2000, por el cual se confiere autorización a un funcionario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para aceptar una invitación - 18 de Julio de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43139236

Decreto 1371 de 2000, por el cual se confiere autorización a un funcionario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para aceptar una invitación

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44089

DIARIO OFICIAL 44.089 DECRETO 1371 12/07/2000 por el cual se confiere autorización a un funcionario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para aceptar una invitación. El Presidente de la Republica de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política, el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, y CONSIDERANDO: Que el doctor Iván Escobar Sánchez, identificado con cédula de ciudadanía número 91213774, actual Profesional en Ingresos Públicos II Nivel 31 Grado 22 de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, requiere autorización para aceptar el pago por parte del Departamento de Policía de Coral Gables, -Estado de Florida de los gastos de pasajes aéreos, transporte, hospedaje y alimentación, con el objeto de participar como "Testigo Experto sobre el Lavado de Monedas Nacional" evento que se realizará en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 13 al 16 de julio de 2000; Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que "los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno Nacional", prohibición concordante con lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 41 de la Ley 200 de 1995; Que de conformidad con el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996, las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares, sólo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional; Que según el artículo 1° del Decreto 1133 de junio 29 de 1999, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, es una entidad adscrita...

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